De divorcio y de separación

Convenio regulador: cómo afecta en casos de separación o divorcio

El documento debe contener los términos sobre la liquidación del régimen económico del matrimonio, la contribución a las cargas del matrimonio, el uso de la vivienda y ajuar familiar y el cuidado de los hijos.

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Convenio regulador: cómo afecta en casos de separación o divorcio
Jurien Higgins | Unsplash

Lo mejor que pueden esperar los involucrados en un proceso de divorcio o separación es un acuerdo mutuo. Para que el procedimiento se mantenga dentro de las condiciones acordadas, existe la figura del convenio regulador, por el cual se pactan los efectos del mismo. Estas consecuencias tienen incidencia en el patrimonio común, las pensiones y un número de derechos y obligaciones, especialmente para con su descendencia.

De acuerdo al artículo 90 del Código Civil, el convenio debe contener, como mínimo, aspectos sobre la liquidación del régimen económico del matrimonio (si procede), la contribución a las cargas del matrimonio y alimentos y sus bases de actualización y garantías, el uso de la vivienda y ajuar familiar y el cuidado de los hijos, así como el régimen de comunicación y estancia si se decide por una custodia monoparental.

Para llevar a cabo el procedimiento de manera justa, el convenio regulador debe describir los elementos identificativos del matrimonio, incluyendo sus circunstancias laborales, y sus hijos, aunque no suele ser necesario destacar los motivos por los cuales se decide por un divorcio o separación. Las medidas definitivas podrán modificarse tantas veces como haga falta de acuerdo a los cambios en las circunstancias y 

Resolución judicial

Este documento deberá redactarse si ambas partes solicitan el divorcio o si la solicita una con el consentimiento de la otra y debe ser aprobado judicialmente. A falta de consenso entre los cónyuges, el juez resolverá las disputas con un convenio regulador adecuado a las circunstancias según su criterio. También puede denegarse la aprobación si se encuentran puntos que resultan dañosos o perjudiciales para alguno de los cónyuges o hijos, tras lo cual se debe presentar una nueva propuesta. 

En cuanto a las diferentes categorías, la primera sería la del convenio regulador de divorcio, que se presenta junto a la demanda, ya sea de mutuo acuerdo o de parte de alguno de los cónyuges con el consentimiento del otro. Como se apuntó anteriormente, si alguna de las partes no presta su consentimiento, los términos dependerán de la decisión del juez. Si hay hijos de por medio, el Ministerio Fiscal podrá intervenir para guardar los derechos de los hijos menores o incapacitados y tendrá el poder de recurrir el documento a su favor. 

Dentro de este documento entran las especificaciones sobre la guarda y custodia de los hijos, que puede ser compartida o monoparental; las visitas y comunicaciones, que regula el tiempo que pasarán los hijos con sus padres e por separado, incluyendo disposiciones sobre vacaciones, fiestas y visitas a los abuelos, y la pensión de alimentos, que corresponde a los pagos por cada menor sujeto a la patria potestad por comidas y gastos extraordinarios. Este tipo de documento que regula los cuidados de la descendencia también se conoce como convenio regulador de custodia.

A partir de los dieciocho años, cuando se pierde la patria potestad, los hijos pueden decidir con quién vivir y si quieren entrar en contacto con su otro progenitor, ninguno de los cuales puede negarle el cobijo familiar ni suspender la pensión de alimentos mientras su descendencia siga siendo económicamente dependiente. En cualquier caso, es necesario comunicar los cambios al juez en lo que sería el nuevo convenio regulador.

También existen los convenios reguladores por separación, aunque hace falta hacer una distinción de importancia. En el caso de una separación de hecho, que se define como una decisión personal, no está regulada por el Código Civil. Por otro lado, la separación judicial sí requiere un convenio regulador que debe presentarse junto a la demanda, acarreando unos términos adecuados a las circunstancias de la pareja.

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