Giro radical del Tribunal: 20 días por año

Los interinos ganan la 'guerra' en el Supremo... Siete fallos a favor en un día

Ante la falta de una ley que aclare la situación de estos efectivos, el Alto Tribunal ha iniciado un camino sin retorno dando la razón a los eventuales y certificando que tienen derecho al despido si los cesan.

Funcionarios, empleado público, Hacienda
Un alto porcentaje de interinos lleva una década cubriendo puestos de funcionarios.
Europa Press

El pasado día 28 de septiembre, el Tribunal Supremo sentenció hasta en siete ocasiones a favor de los interinos ante los recursos de casación para unificación de doctrina presentados por distintos organismos públicos. Ya no cabe duda que el Alto Tribunal ha sentado jurisprudencia en el asunto y que con su nueva doctrina, los eventuales que lleven tres años o más en el puesto de trabajo pasarán a ser indefinidos no fijos, con una indemnización de 20 días por año trabajado. 

Tras décadas de demandas desatendidas en los tribunales, ahora, a la espera de una ley que clarifique su situación, el Tribunal Supremo se ha convertido en una opción muy razonable y que zanja cualquier tipo de debate. Según el Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas refleja que Estado, comunidades y ayuntamiento tienen 605.000 eventuales y un alto porcentaje están en fraude de ley tras años vagando de puesto en puesto en la Administración.

La nueva postura del Supremo es consecuencia de una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en junio en la que aclaraba que uso abusivo de los contratos de interinos en España es contrario al derecho comunitario. El Alto Tribunal español zanja el debate y advierte no los interino no podrán superar los tres años en esa categoría laboral, ni siquiera por supuestas causas mayores como pueden ser la paralización de oposiciones por razones presupuestarias.

La unificación de doctrina ha permitido que Josefa, empleada en una residencia de mayores de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid como auxiliar de hostelería desde el 1 de junio de 2002 hasta 2016 y con un sueldo bruto de 1.500 euros pase a ser indefinida no fija, con 20 días de indemnización por año trabajado, y que la Comunidad de Madrid asuma las costas de los trámites judiciales. El mismo día, el Alto Tribunal condenaba al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar 20 días de despido por año trabajado a Desiderio, Elsa y Leonor, en algún caso tras más de una década como interino. 

En las sentencias queda clara la línea a seguir y determinan para que debe contratarse a un trabajador interino. "El contrato de interinidad por vacante es aquél que puede celebrarse para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. Se trata de un contrato a término, aunque de fecha incierta respecto de su finalización, en la medida en que su persistencia será la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva de la plaza que, en el caso de las Administraciones Públicas, coincidirá con el tiempo que duren dichos procesos, de conformidad con la normativa específica que en cada caso será aplicable".

Los interinos esperan una ley que clarifique su situación, mientras el Supremo ya ha puesto orden con una doctrina que les favorece

Los interinos en las administraciones públicas confían que la nueva la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en trámite parlamentario, vea la luz antes de final de año y clarifique su situación en línea con las novedades legislativas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo, que ha cambiado su antigua doctrina y masivamente está respaldando las demandas de los eventuales de las administraciones. 

Los representantes de los empleados públicos en situación de temporalidad reclamaban hace apenas un semana que se unificasen los criterios de las sentencias y si fuese necesario, que se parase el reloj para conocer cada punto de la ley, que previsiblemente recoja la doctrina de los tribunales. Finalmente, parece que no será necesarios tras la rápida reacción del Supremo, que está dando la razón de forma masiva a los trabajadores frente a las administraciones, a las que condena a las indemnizaciones de 20 días y a las costas del juicio, en torno a 1.500 euros. 

Desde la Unión Sindical Obrera (USO) apuntan que cientos de miles de empleados públicos temporales están en fraude de ley, pero que ninguna Administración ha conseguido sacar adelante un censo que determine su número exacto. Lo que si está claro es que casi uno de cada tres empleados públicos es temporal, según el Boletín Central de Personal, y que en algunas comunidades autónomas el porcentaje es bastante más elevado. Los grupos parlamentarios han presentado casi 200 enmiendas a la ley que fijará las condiciones de los empleados eventuales.

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