Deberá devolver los intereses cobrados

La Justicia 'tumba' 20 microcréditos de Vivus con un TAE de hasta el 453.644%

La Audiencia Provincial de Vizcaya asegura que aunque se conozca perfectamente su coste, "en absoluto se puede justificar un tipo de interés tan manifiestamente alejado de un parámetro de razonabilidad".

Fotografía del mazo de un juez
Fotografía del mazo de un juez
Imagen de Arek Socha en Pixabay.

Los microcréditos y las tarjetas 'revolving', unos recursos financieros a los que acuden los ciudadanos en tiempo de crisis para intentar solucionar sus problemas económicos y que mayoritariamente acaban agravándolos, han vuelto a protagonizar una sentencia, en este caso de la Audiencia Provincial de Vizcaya. Este tribunal ha anulado por usura una veintena de micropréstamos concedidos a una misma persona que tenían intereses que iban desde el 1.269% hasta el 453.644% anual. El demandante contrató el producto con 4Finance Spain -que usa como marca comercial Vivus-, una firma que se dedica a prestar pequeñas cantidades por internet, sin exigir garantías y de forma rápida.

En la primera instancia, la Justicia dio la razón a la firma de préstamos, por entender que, al contratar veinte créditos, el consumidor no podía aducir "desconocimiento" de los mismos. Según recoge la Cadena Ser, ahora la Audiencia ha revocado la decisión inicial del juzgado, considerando que el interés de los préstamos es "desproporcionado". Según el fallo, aunque se aleguen la rapidez en conceder el dinero o la ausencia de garantías, y la persona que recibe el dinero sea perfecto conocedor del coste, todo ello "en absoluto puede justificar un tipo de interés tan manifiestamente alejado de un parámetro de razonabilidad". Por ello, declara nulos todos los préstamos y condena a la firma a devolver todo el dinero que exceda del capital prestado. La sentencia se puede recurrir ante el Supremo.

No es la primera vez que esta empresa, que ofrece créditos rápidos de hasta 300 euros a los que piden dinero por primera vez y que se pueden devolver en 61 días, con la posibilidad de tener el dinero en apenas 15 minutos, se enfrenta a los jueces. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puerto Real (Cádiz) declaró el pasado mayo la nulidad "absoluta, radical y originaria" de 15 microcréditos suscritos entre un ciudadano y Vivus Finance entre noviembre de 2018 y abril de 2020, por el carácter usurario del interés remuneratorio del contrato que oscilaba entre el 2.333% Tasa Anual Equivalente (TAE) y el 89.266% TAE. 

Para declarar la nulidad, el juez recurrió al artículo 3 de la Ley Azcárate, en la que se obliga al prestatario "a entregar tan sólo la suma recibida"

El juzgado se apoyó para su contundente decisión en el artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura y/o falta de transparencia y obligó a la empresa prestamista a la devolución de las cantidades pagadas de más en todos los contratos suscritos, que declaró nulos. El juez entendió que, aunque el actor era cliente habitual de la mercantil demandada y estaba familiarizado con el producto y sus condiciones financieras al haber suscrito con la misma entidad un total de 16 micropréstamos, el crédito era claramente usurario y excedía con muchos los intereses recogidos por el Banco de España en las fechas que se suscribieron los acuerdos.

Para declarar la nulidad, el juez recurrió al artículo 3 de la Ley Azcárate, en la que se obliga al prestatario "a entregar tan sólo la suma recibida ; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado", es decir, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida, no los intereses pactados declarados nulos.

El pasado mes de noviembre, el Juzgado de Primera Instancia número 67 de Madrid obligó a devolver todas las cantidades de más cobrados en varios préstamos de Vivus, que aplicó un TAE de entre el 1.269% y el 2.333%, muy por encima de la media de los préstamos al consumo establecía el Banco de España. El demandante había pedido un total de 8.230 euros. Sin embargo, terminó su deuda pagando 12.239,53 euros y la mayoría de esos intereses eran en concepto de prórrogas.

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