Gracias a un juzgado de Alicante

Un pensionista gana 7.000 euros tras obtener el complemento de maternidad

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberá además incrementar la pensión de este jubilado en un 15%. En total tiene cinco hijos, por lo que tiene derecho a recibir este extra.

Un jubilado.
Un jubilado.
Imagen de rawpixel.com en Freepik.

Un juzgado de lo Social de Alicante ha reconocido a un hombre de 67 años, jubilado hace dos y con cinco hijos, el derecho a percibir el complemento de maternidad por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el cual deberá reintegrarle más de 7.000 euros e incrementar su pensión en un 15%.

Según el fallo judicial, facilitado a EFE, esta decisión es conforme a la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra la discriminación de este complemento por razón de sexo, ya que se tiende a reconocer solo a las mujeres esta prestación y no a los hombres que cumplen los mismos requisitos. 

De esta manera, el recurrente verá incrementado en un 15% su pensión de 1.722,67 euros y cobrará lo dejado de percibir más los intereses legales a efectos de octubre de 2020, lo que suma más de 7.000 euros. 

Requisitos para solicitar el complemento

La abogada, Sandra Nesteckyte, a su vez directora de Unive Abogados Alicante, ha señalado en un comunicado que su defendido es un beneficiario de una prestación contributiva de jubilación en un porcentaje del cien por cien desde el día 4 de octubre de 2020 y ha añadido que dado que se "continúa denegando en vía administrativa el complemento a determinados pensionistas, la realidad es que solo aquellos hombres que lo soliciten expresamente y, si fuere necesario acudan a la vía judicial, podrán recuperar todos los atrasos desde el momento en que accedieron a la pensión".

Ha añadido que para poder solicitar el reconocimiento del complemento de maternidad en la pensión contributiva de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es requisito que hubieran accedido a la misma entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y ser padres de dos o más hijos.

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