Derechos laborales

¿Qué se considera accidente laboral? De caerte un rayo a sufrir una insolación

A pesar de que se produzcan durante la jornada de trabajo, la ley no contempla muchas eventualidades que pueden impedir, efectivamente, el desarrollo normal de las funciones de un empleado.

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Los casos que no son accidente laboral: de caerte un rayo a sufrir una insolación.
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¿Qué es exactamente un accidente laboral? Todos creemos saberlo y la mayoría de nosotros puede que incluso lo hayamos sufrido alguna vez: una torcedura de tobillo, un esguince de muñeca, una caída, un accidente de tráfico yendo o volviendo del trabajo... Normalmente, se comunica el hecho a la empresa y la mutua debe valorar cómo actuar para auxiliar y facilitar la atención médica inmediatamente. Sin embargo, no todos los percances que sufrimos durante la jornada son considerados accidentes laborales. Y hay casos realmente curiosos.

Pero empecemos por el principio. Tal y como explica Antonio Martínez del Hoyo Clemente, abogado Of Counsel del área de Laboral de AGM Abogados, "de acuerdo con la normativa legal cabe entender por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena". Es lógico, pues, pensar que ciertos empleos suponen un mayor riesgo para determinadas lesiones que otros. Un ejemplo sencillo: un carpintero tiene muchas más opciones de sufrir golpes o cortes en las manos que un administrativo.

Precisamente por eso, desde hace años existen las empresas de prevención de riesgos laborales, para adecuar los espacios de trabajo, el material y la indumentaria de los empleados con el objetivo de evitar esos riesgos inherentes a su actividad. Algo que hemos podido comprobar de primera mano desde la irrupción de la crisis del coronavirus: la separación entre puestos de trabajo, las mamparas, los dispensadores de gel o el uso obligatorio de mascarillas tienen por objeto evitar los contagios entre la plantilla.

Además, tal y como señala Martínez del Hoyo, "los tribunales han sumado a la lesión corporal las enfermedades psíquicas o psicológicas, así como las adquiridas como consecuencia de una actividad profesional". En este sentido, existen diversas opiniones en los tribunales respecto a la "consideración como accidente laboral de los accidentes sufridos en el lugar de trabajo y durante el tiempo de trabajo, (en tiempos de espera o averías) o los ocurridos en lugares próximos al trabajo como vestuarios, duchas, en el aparcamiento o en el porche".

Tipos y excepciones

En cualquier caso, la ley señala expresamente algunos casos concretos que tendrán la consideración de accidentes de trabajo, como apunta Martínez del Hoyo. A saber: "los que sufra el trabajador o los cargos electivos sindicales al ir o al volver del lugar de trabajo ('in itinere'); los ocurridos en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa aun siendo funciones distintas a las de su grupo profesional; los acaecidos en actos de salvamento y análogos, cuando tengan conexión con el trabajo; o las enfermedades que contraiga el trabajador por causa exclusiva de la realización de su trabajo, así como las padecidas con anterioridad que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente".

Concretamente, la normativa señala que pueden ser calificados como accidentes de trabajo: la imprudencia profesional que sea consecuencia del ejercicio habitual de un trabajo y se derive de la confianza que este inspira o la concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero, salvo que no guarde relación alguna con el trabajo. Es decir, que el accidente sea culpa del empleado simplemente por realizar sus funciones habituales o que sea culpa de otro dentro del lugar de trabajo.

Sin embargo, la ley también señala expresamente los supuestos que no tendrán la consideración de accidente de trabajo, según Martínez del Hoyo. Por ejemplo, "los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo que no guarde relación alguna con el trabajo que se ejecutaba al ocurrir el accidente". Entonces, ¿qué pasa cuando se trabaja a la intemperie o con condiciones climáticas que pueden suponer un riesgo? En estos casos, por ejemplo la insolación de un socorrista o la caída de un rayo en un lugar con tormentas frecuentes, se entiende que sí están asociados al trabajo y, por lo tanto, son accidentes laborales.

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