Vacíos legales

¿Despedir tras un ERTE? Casos en que la empresa puede hacerlo sin penalización

Hace una semana que se aprobó una nueva prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo: el nuevo decreto mantenía intacta la cláusula de salvaguardar el empleo... aunque con excepciones.

INEM, oficina de empleo, paro, parados, desempleo
Los casos en los que una empresa podría despedir tras un ERTE sin penalización
Europa Press - Archivo

El pasado mes de enero, las empresas metieron en ERTE a otros 35.625 trabajadores, en plena tercera ola que ha obligado a los gobiernos regionales a endurecer las restricciones para frenar la propagación del virus. Los expedientes de regulación de empleo temporal se han convertido, sin duda, en una de las piezas clave del ámbito laboral durante esta pandemia. Sin ir más lejos, hace justo una semana se aprobó una nueva prórroga que extendía su regulación hasta el 31 de mayo.

La cláusula de salvaguarda del empleo que, básicamente, 'prohíbe' a las empresas despedir durante los seis meses posteriores a la reanudación de la actividad tras un ERTE, fue el punto clave en las últimas negociaciones entre el Gobierno (que abogaba por mantenerla intacta) y la patronal (que la rechazaba). La balanza, por cierto, se decantó a favor del Ejecutivo. 

"Entonces, ¿no me pueden despedir después de un ERTE?". Ha sido -y sigue siendo- una de las mayores preocupaciones de los afectados por un expediente de regulación de empleo temporal desde que comenzase la pandemia. La respuesta, a decir verdad, no es cerrada, sino que es más compleja de lo que parece. Y es que la legislación contiene una serie de vacíos legales en los que las empresas pueden extinguir contratos por hasta una docena de vías

Qué pasa si una empresa despide tras un ERTE

Antes de nada, vayamos por partes: realmente y en términos generales, una empresa sí que podría despedir a un trabajador en los seis meses posteriores a un ERTE. Lo que ocurriría en este supuesto es que la compañía tendría que hacer frente a un fuerte castigo económico por entenderse incumplido el compromisoestaría obligada a devolver todo el dinero público que ha recibido en forma de exoneraciones de cotizaciones sociales, más los recargos e intereses de demora correspondientes. 

Sin embargo, hay otros supuestos en los que el compromiso no se vería obligado y una empresa podría extinguir el contrato de un empleado tras un ERTE sin tener que pasar por caja. Por ejemplo, sí sería 'legal' en los casos en los que fuera un despido disciplinario declarado como procedente. Es decir, las causas que debe especificar el empresario para actuar por esta vía deben estar justificadas, pero pueden considerarse inciertas (lo que determinará si el despido es procedente o no).

Tampoco se considerará incumplido si se pusieran fin a una persona con un contrato fijo-discontinuo, cuando este no suponga un despido, sino una interrupción del mismo. ¿Es lo mismo que con los contratos temporales? En este último caso, se consideraría que un empresario no está violando la cláusula cuando la relación con el trabajador se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto. 

Por último, como resulto lógico, tampoco se considera incumplido si se produce una dimisión de un trabajador, un fallecimiento de una persona de la plantilla o una jubilación, como tampoco existe incumplimiento en caso de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del empleado.

¿Y si pasan los seis meses?

Junto a estas posibilidades, no hay que olvidar que las compañías que tengan capacidad para aguantar un semestre tras la reanudación de la actividad después del ERTE siempre podrán ejecutar despidos pasados esos seis meses sin tener que devolver a la Seguridad Social las ayudas percibidas en forma de exoneraciones de cotizaciones sociales.

No solo eso, sino que pasado medio año, los empresarios pueden presentar un ERE definitivo, después del ERTE temporal, si los daños provocados por la crisis de la Covid fueran tan severos que la empresa se hubiera visto obligada a su cierre y al despido de la totalidad de su plantilla. 

Consultorio laboral

  • ¿Hay trabajo más allá de un ERTE? ¿Qué derechos tiene un empleado con la nueva Ley del Teletrabajo? ¿Qué habilidades son las más importantes en el CV para encontrar empleo? Desde 'La Información' queremos ayudarte a resolver tus en nuestro nuevo Consultorio Laboral. ¿Es tu caso? Escríbenos a consultoriolaboral@lainformacion.com con el asunto 'Pregunta al Consultorio Laboral'.
Mostrar comentarios