Un abogado del espacio explica a quién pertenece la Luna (y si puede explotarse)

  • Dos años antes de que Amstrong y Aldrin pisaran la luna se firmo el tratado que marca las bases del Derecho sobre el espacio. Pero tiene lagunas
La legendaria fotografía de Buzz Aldrin junto a la bandera estadounidense / NASA
La legendaria fotografía de Buzz Aldrin junto a la bandera estadounidense / NASA
La legendaria fotografía de Buzz Aldrin junto a la bandera estadounidense / NASA
La legendaria fotografía de Buzz Aldrin junto a la bandera estadounidense / NASA

Aunque haya personalidades como Iker Casillas que sigan pensando que el ser humano no llegó a la Luna, lo cierto es que los astronautas Neil Amstrong y Buzz Aldrin pisaron nuestro satélite el 24 de julio de 1969. Ha pasado casi medio siglo desde entonces, pero todos tenemos una imagen clavada en la mente –aunque aún no hubiéramos nacido– y no es otra que la de Aldrin plantado junto a la bandera estadounidense.

Cuenta Frans Von der Dunk en The Conversation que cuando se presenta ante un grupo de desconocidos como profesor de Derecho del Espacio en la Universidad de Nebraska-Lincoln suelen hacerle siempre la misma pregunta: ¿a quién pertenece la Luna?

No es extraño que muchos piensen que, dado que EEUU llegó primero y plantó su bandera, la Luna les pertenece. Al fin y al cabo este había sido el modus operandi de todas las grandes naciones hasta el siglo XX, pese a que los territorios en los que se plantaba la enseña nacional estuvieran previamente ocupados. En la época colonial, la noción legal de que plantar una bandera permitía establecer soberanía rápidamente en un territorio no europeo fue aceptado en todo el mundo como parte de la ley de las naciones.

Pero en los años 60, en pleno proceso de descolonización, EEUU era consciente de que plantar su bandera en la Luna podía generar un enorme terremoto político. En 1969 estaba ya claro que un país no podía llegar a un territorio poblado y reclamarlo como suyo, por mucho que la nación ocupante considerara a los habitantes de la zona no civilizados; sin embargo, el tema era particularmente complejo en la Luna pues allí no hay nadie, ni siquiera hay vida.

“Cualquier sugerencia de que la Luna podría convertirse, legalmente hablando, en parte de EEUU podía alimentar las preocupaciones y, posiblemente, dar lugar a disputas internacionales dañinas tanto para el programa espacial como para los intereses de EEUU en su conjunto”, explica Von der Dunk. Por eso, antes de que nadie llegara a la Luna, las grandes potencias espaciales de la época, EEUU y la URSS, llegaron a un acuerdo histórico, al que se unieron la mayor parte de países del mundo, y que hoy sigue siendo la base del Derecho Espacial.

Firma del Tratado del Espacio Exterior / ONU
Firma del Tratado del Espacio Exterior / ONU

El tratado sobre el espacio exterior

En 1967, dos años antes de que la misión Apolo XI llegara a la Luna –y cuando todavía la URSS tenía posibilidades de ganar la carrera espacial– las dos grandes superpotencias llegaron a un acuerdo para evitar que no se repitiera los errores del colonialismo a la hora de decidir el estatus legal de la Luna, al menos, como apunta Von der Dunk, se quería evitar la posibilidad de una “apropiación de tierras” en el espacio exterior que diera lugar a otra guerra mundial.

Con la firma del Tratado sobre el espacio ultraterrestre o Tratado sobre el espacio exterior, el 27 de enero de 1967, la Luna se convirtió en algo así como un “bien común global”, legalmente accesible para todos los países, pero no reclamable por ninguno.

En la actualidad, 103 países son partes del tratado, mientras que 24 han firmado el acuerdo, pero todavía no lo han ratificado. El acuerdo prohíbe explícitamente a cualquier Gobierno la reivindicación de recursos celestes como la Luna o un planeta, ya que son patrimonio común de la humanidad, así como limita la utilización del espacio exterior para fines pacíficos, prohibiendo expresamente su uso para la realización de pruebas de armas de cualquier tipo, la realización de maniobras militares o el establecimiento de bases militares, instalaciones y fortificaciones.

El tratado, no obstante, deja cierto espacio a la interpretación en cuanto al uso de los recursos de la Luna. Sin bien son patrimonio común de la humanidad ¿quién tiene derecho a explotarlos?

La minería lunar necesitaría un ejército de abogados

Como explica Von der Dunk, dado que la Humanidad no ha vuelto a pisar la Luna desde 1972, el derecho espacial no se ha desarrollado y, ahora que todo apunta a que volveremos pronto al satélite y exploraremos otros cuerpos celestes, hay muchas cuestiones en duda.

La prohibición fundamental en virtud del Tratado sobre el espacio ultraterrestre de adquirir un nuevo territorio estatal, mediante la colocación de una bandera o por cualquier otro medio, no logró abordar la explotación comercial de los recursos naturales en la Luna y otros cuerpos celestes. Actualmente, este es un gran debate de la comunidad internacional, sin una solución inequívocamente aceptada a la vista.

Al menos dos empresas estadounidenses, Planetary Resources y Deep Space Industries, que cuentan con un importante respaldo financiero, han comenzado a apuntar a los asteroides con el objetivo de explotar sus recursos minerales. También varias empresas privadas –como SpaceX, Blue Origin o Virgin Galactic– y algunos países, como China o India, tienen planes para, tarde o temprano, llegar a la Luna e, incluso, establecer bases permanentes en ella. ¿Qué derecho tienen a explotar los recursos celestes en su propio beneficio?

Jeff Bezos posa junto a uno de sus cohetes. / Blue Origin
Jeff Bezos posa junto a uno de sus cohetes. / Blue Origin

Como apunta Von der Dunk, hay dos interpretaciones posibles del tratado.

Países como Estados Unidos y la mayor parte de la Unión Europea consideran que la Luna y los asteroides son “bienes comunes globales”, lo que significa que cada país puede permitir a sus empresas privadas, siempre y cuando tengan la debida licencia y cumplan con otras reglas relevantes del derecho espacial, salir y extraer lo que puedan, para tratar de ganar dinero con ello.

Bajo esta interpretación, el espacio exterior se consideraría como el territorio de alta mar, que no está bajo el control de un país en particular, sino que está completamente abierto a operaciones de pesca respetuosas con la ley y debidamente autorizadas por parte de los ciudadanos y empresas de cualquier país. Entonces, una vez que el pez está en sus redes, pueden venderlo como gusten.

Por otro lado, está la interpretación del tratado que prefiere Rusia y, aunque menos explícitamente, países como Brasil o Bélgica, que insisten en que la luna y los asteroides pertenecen a la humanidad en conjunto. Bajo esta premisa, los beneficios potenciales de la explotación comercial deberían de alguna manera acumularse para beneficio de toda la humanidad, o al menos deberían estar sujetos a un régimen internacional presumiblemente riguroso para garantizar esto.

Esta interpretación se parece más a al régimen original que se estableció para extraer recursos minerales de los fondos marinos profundos. En este caso, se creó un régimen de licencias internacionales y una empresa internacional que explota estos recursos y debe compartir los beneficios entre todos los países.

“Si bien, desde mi punto de vista, la posición anterior ciertamente tendría más sentido, tanto legal como prácticamente, la batalla legal de ninguna manera ha terminado”, concluye Von der Dunk. “Si bien en última instancia depende de la comunidad de estados determinar si se puede llegar a una postura común en cualquiera de las dos posiciones o tal vez en algún punto intermedio, es de crucial importancia que se pueda llegar a un acuerdo de una forma u otra. Desarrollar tales actividades sin ninguna ley que sea generalmente aplicable y aceptada sería el peor de los escenarios. Si bien ya no es una cuestión de colonización, puede tener los mismos resultados nocivos”.

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