La experiencia durante el tiempo que ha funcionado la Comisión aconseja introducir algunas modificaciones en su composición y sus funciones para aclarar y delimitar la actuación de una manera más precisa, según ha explicado el Govern.
Dado que las modificaciones que se pretenden introducir en el Decreto 91/2005 son muchas y afectan prácticamente a todo el texto, se ha considerado más conveniente aprobar un nuevo decreto y derogar el anterior.
La Comisión estará presidida por el director general de Función Pública y Administraciones Públicas, mientras que el vicepresidente será el director general de Presupuestos y Financiación.
Entre otras, la Comisión tendrá las funciones de informar, con carácter previo, preceptivo y vinculante, sobre aprobación de normativa, convenios colectivos y acuerdos que establezcan, regulen o modifiquen las retribuciones.
También será competente en las modificaciones que impliquen incremento de las retribuciones establecidas o del total de la masa salarial y podrá emitir informes sobre cambios, nuevas dotaciones presupuestarias o establecimiento de criterios de asignación de complementos retributivos de puestos de trabajo del personal de servicios generales, docentes, estatutarios y de su sector público instrumental.
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