España pierde el primer arbitraje por los recortes a las renovables

  • El fondo Eiser Infraestructure y una filial luxemburguesa habían invertido casi 1.000 millones en España. La sanción para España asciende a 128 millones de euros más intereses. Los demandantes pedían 300.

    Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. El gobierno estudia recurrir y dice que la sentencia no pone en duda la reforma eléctrica.

La fotovoltaica pide al Gobierno el mismo trato a los productores españoles tras el fallo del Ciadi
La fotovoltaica pide al Gobierno el mismo trato a los productores españoles tras el fallo del Ciadi
EUROPA PRESS
L.I

El Estado español ha perdido el primero de los arbitrajes internacionales fallados en la corte internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, por los recortes aplicados desde 2010 a las energías renovables, indicaron  fuentes cercanas al proceso. La sanción para España asciende a 128 millones de euros más intereses. Los demandantes pedían 300 millones.

El laudo, que ha sido notificado ya a las partes, da la razón en sus pretensiones a la firma británica Eiser Infrastructure Limited y su filial luxemburguesa Energia Solar Luxembourg, que ha contado en el proceso con el asesoramiento de Allen & Overy.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma posee un 36,95% en Aries Solar Termoeléctrica (Aste), que cuenta con dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz.

La inversión comprometida en estas tres centrales alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Tras ese momento, el sector fue sometido a diversos recortes retributivos, el primero de ellos a finales de 2010, con el PSOE en el poder, y el último, en 2013, con la aprobación de la reforma del sector eléctrico por parte del Gobierno del PP.

El fallo del Ciadi supone el primer revés en los tribunales internacionales para España por estos recortes. En enero 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico, aunque en aquella ocasión se pronunció a favor del Reino de España.

Ese fue el primer laudo arbitral internacional en resolverse de los interpuestos contra España en el sector renovable al amparo del Tratado de la Carta de la Energía.

Anteriormente, las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional habían avalado también los recortes aplicados por el Gobierno en esta materia en los últimos años.Una treintena de demandas

España acumula ante el Ciadi, dependiente del Banco Mundial, casi una treintena de demandas de inversores internacionales por los recortes aplicados a las energías renovables, ya que los inversores nacionales no pueden acudir al tribunal internacional de arbitraje.

En el caso español, las denuncias se centran tanto en los recortes a la energía solar y a la termosolar que el Gobierno aplicó a finales de 2010 como los acometidos por el actual Ejecutivo en funciones durante la legislatura concluida a finales de 2015.

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital considera que el laudo arbitral del tribunal internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, en el que se da la razón a la firma británica Eiser Infraestructure por el recorte a las renovables "no puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante" para otros casos.El Gobierno estudia recurrir

En una nota de prensa, el Ministerio anuncia además que el Gobierno español estudia recurrir el laudo. Fuentes del departamento dirigido por Álvaro Nadal han manifestado que el recurso ha de presentarse ante el propio Ciadi.

El laudo, señala Energía en la nota, estima parcialmente la demanda de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg en relación a las consecuencias para las tres instalaciones termosolares de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014.

El laudo, afirma, "única y exclusivamente declara, de manera referida a las tres plantas termosolares de los demandantes y en atención a sus particulares circunstancias, que la reforma ha causado a sus titulares un daño que, bajo la singular apreciación del tribunal, se considera excesivo".

"Dado el carácter estrictamente singular de tal pronunciamiento, no debe asumirse que su resultado puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante para otros arbitrajes pendientes", afirma Energía.En los anteriores laudos se dio la razón a España

El Ministerio sostiene que cada procedimiento arbitral "es diferente, tanto en la información como en los argumentos aportados", y recuerda que hasta la fecha se ha producido un desistimiento en un arbitraje, mientras que en los dos arbitrajes sobre renovables ya resueltos, los laudos han dado la razón a España "de manera contundente".

El fallo ahora conocido es el primero emitido por el Ciadi. En enero 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico, y en aquella ocasión se pronunció a favor del Reino de España.

Energía también destaca que el arbitraje solo estima parcialmente las reclamaciones de los demandantes, al tiempo que condena a España al pago de 128 millones de euros más intereses, frente a los más de 300 millones que reclamaban los demandantes.El Gobierno dice que no cuestiona la reforma energética

El Ministerio asegura además que el tribunal no cuestiona "el derecho soberano de España de tomar medidas regulatorias apropiadas para atender las necesidades públicas, lo que potencialmente incluye la modificación del régimen del real decreto 661/2007".

El laudo, continúa, tampoco cuestiona la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014, "que permitió acabar con el déficit de tarifa". Su contenido indica que "el demandado enfrentó un legítimo problema de política pública con su déficit tarifario, y el tribunal no cuestiona que fuese apropiado que las autoridades españolas adoptasen medidas razonables para lidiar con la situación", señala la nota.

El departamento dirigida por Álvaro Nadal también afirma que "las diversas sentencias nacionales tanto del Tribunal Supremo y como del Constitucional en materia de renovables han avalado la reforma eléctrica y sus pilares fundamentales".Anpier quiere que se indemnice a 62.000 familias

La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier) denunció este viernes que “resulta inaceptable que por una misma situación el Estado indemnice el daño causado a los grandes inversores internacionales y ordene la ruina de sus nacionales”.

Así se expresa Anpier en una nota de prensa tras conocerse que España ha perdido su primer arbitraje internacional en el Ciadi, órgano de arbitraje del Banco Mundial.  A juicio del presidente de Anpier, Miguel Ángel Martínez-Aroca, “el quebranto sufrido por las 62.000 familias españolas fotovoltaica es insoportable, tanto en lo económico como en lo moral”.

Para Anpier, se produjo un “atropello” al sector, que tuvo que soportar recortes de hasta el 50% de la tarifa regulada que ofreció el Estado, mientras que la banca exigía el pago íntegro de la financiación. “Sin embargo, el Gobierno mantuvo que la reforma era legal y sólida, estigmatizando socialmente a este colectivo para justificar sus arbitrarias decisiones”, lamenta Martínez-Aroca. “Ahora, una instancia internacional, sin ningún tipo de condicionamiento político, ha dictaminado lo que en buena lógica es de justicia, que los acuerdos han de cumplirse o se debe restituir el daño causado”, concluye.

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