La CNMV advierte a Abengoa: si hay split podría incurrir en manipular el mercado

  • Instarán al consejo a solicitar de forma urgente a BME la suspensión temporal de cotización de la compañía de ambos tipos de acciones. 
Planta solar de Abengoa.
Planta solar de Abengoa.
EFE

La CNMV advierte a Abengoa que si prospera el 'split' (desdoblamiento de acciones) que planteará en su junta general extraordinaria de accionistas, convocada para el próximo 2 de octubre para abordar la propuesta realizada por algunos accionistas minoritarios, con la familia Benjumea entre ellos, estudiará si esta medida "pudiese constituir un supuesto de manipulación de mercado".

En un carta remitida por el supervisor bursátil al presidente de Abengoa, Gonzalo Urquijo, y puesta a disposición de los accionistas mediante un hecho relevante, la CNMV señala que valorará la posibilidad de ejercer las competencias que la ley otorga para garantizar "la libre formación de precios y la integridad de la negociación, entre ellas la suspensión o exclusión de la negociación de los valores correspondientes, así como la impugnación de los pertinentes acuerdos societarios".

Abengoa ha convocado junta general extraordinaria de accionistas para abordar la propuesta realizada por Inversión Corporativa (IC), sociedad en la que se integran las participaciones de la familia Benjumea y de otras de las familias fundadoras de Abengoa y accionistas minoritarios, de aprobar un 'split' (desdoble de acciones) de diez títulos nuevos por cada uno antiguo ante el temor a una futura nueva dilución de su participación ante el cambio de mínimo de cotización realizado en julio por Bolsas y Mercados Españoles (BME), y que entrará en vigor el próximo 28 de septiembre. En concreto, esta norma implica la modificación del precio mínimo de cotización de los valores negociados en el mercado continuo a 0,001 euros, respecto del valor de 0,01 euros vigente hasta la fecha.

Medida positiva y necesaria para promover la liquidez 

En el escrito remitido por la CNMV, el organismo presidido por Sebastián Albella considera que la decisión anunciada por la Sociedad de Bolsas es "positiva y necesaria para promover la liquidez de los valores, asegurar su ordenada negociación, la correcta formación de sus precios y la protección de los inversores". Asimismo, subraya que responde al nuevo marco normativo establecido por la directiva MIFID II y permite evitar la formación de precios "en niveles artificiales y la negociación desordenada".

Para la CNMV, esta propuesta de 'split' para contrarrestar el efecto de la medida de BME, también planteada por otras compañías como Urbas, suponen iniciativas cuyo objetivo sería que el valor por acción se aproxime al límite mínimo de precio por acción, "lo que neutralizaría los efectos de la reforma" y podrían prolongar "la actual situación de negociación desordenada y la fijación de precios en niveles artificiales". Por ello, en el caso de prosperar, el supervisor bursátil subraya que valorará "en su momento" si esta conducta "pudiese constituir un supuesto de manipulación de mercado".

Petición de los accionistas

El Consejo de Administración de Abengoa, atendiendo a la solicitud de Inversión Corporativa, Finarpisa y Blanca de Porres Guardiola, titulares del 3,0001% del capital, ha acordado convocar una Junta General Extraordinaria de Accionistas para el día 1 de octubre de 2018. 

En el orden del día de la Junta General Extraordinaria de Accionistas se tienen en cuenta tres puntos. El primero es la aprobación de un split de las Acciones de clase 'A' y 'B' representativas de su capital social, con atribución de diez acciones nuevas por cada una antigua, con la consiguiente adaptación del valor nominal de las mismas, "a fin de evitar los perjuicios derivados del nuevo valor mínimo de cotización fijado por BME", según señala la compañía.

El segundo punto del día será instar al Consejo de Administración a solicitar de forma urgente a BME la suspensión temporal de cotización de Abengoa de ambos tipos de acciones de la compañía hasta que pueda hacerse efectivo el split, en el supuesto de ser aprobado.

El tercer punto es la delegación en el Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, ejecución, formalización e inscripción de los acuerdos adoptados. La compañía hace constar que los puntos primero y segundo del orden del día, han sido redactados conforme a la solicitud recibida de Inversión Corporativa, Finarpisa, y Blanca de Porres Guardiola y, por tanto, no pueden ser considerados como propuestas formuladas por el Consejo de Administración.

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