Hasta MiCA u otra regulación

La CNMV afila su marcaje ante el fuerte brote de 'exchanges' de criptomonedas

El supervisor de los mercados ha decidido realizar un mayor señalamiento a estas entidades a medida que van adquiriendo un volumen muy importante y cuentan con unas especificidades concretas. 

Montaje Rodrigo Buenaventura CNMV bitcoin criptomonedas
El presidente de la CNMV, Rodrigo Buenaventura
Nerea de Bilbao (Infografía)

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se niega a retirar la etiqueta de entidad con ningún tipo de autorización a los 'exchanges' de criptomonedas. Este estigma que pesa sobre las plataformas de intercambio se ha agudizado ahora una vez el supervisor ha detectado que están adquiriendo un volumen muy significativo, a lo que se le une unas especificidades concretas. La autoridad ha delimitado su famosa 'lista gris' en dos piezas, de modo que por una parte apunta a una serie de firmas generalizadas que realizan alguna actividad financiera sin 'luz verde' y, por otra, los 'exchanges' de monedas virtuales, donde ya figuran 55 registros y se descuenta un goteo de inclusiones incesante. 

En ella se encuentran algunas muy utilizadas como Binance, Coinbase, Coindeck, Kucoin o Bitstamp. No obstante, la institución al mando de Rodrigo Buenaventura señala con un asterisco aquellas que están inscritas en el registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos del Banco de España. Por el momento, solamente dos firmas obtienen esta 'insignia': Bit2me y Bitbase. Eso sí, este distintivo lo único que respalda es que cumplen las normas de prevención de blanqueo de capitales y de financiación al terrorismo. Bajo ninguna circunstancia supone un permiso o aprobación de su actividad. 

La CNMV no prevé, por lo menos en el horizonte más cercano, sacarlas de este listado, según confirman desde el organismo a este periódico. La intención es mantenerlas hasta que se apruebe el Reglamento europeo sobre emisión y prestación de servicios sobre estos productos, comúnmente conocido como MiCA. El problema es que su entrada en vigor tiene tintes de dilatarse en el tiempo y no se prevé antes de 2025. No fue hasta mediados del pasado mes de marzo cundo el Parlamento Europeo decidió iniciar las negociaciones interinstitucionales sobre el borrador final sobre el que existen muchas discrepancias. Algunas de ellas tienen que ver con qué supervisor debe ser el encargado de controlar este mercado, si el bancario o el de mercados, o los plazos de aplicación, entre otras.

Ante estas circunstancias y debido al auge que experimenta este mercado, podría acabar precipitándose desde los gobiernos nacionales, en nuestro caso a través del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, o desde la propia Unión Europea, el desarrollo de algún tipo de normativa con la que poder proteger a los inversores hasta la llegada de MiCA. En ese caso, la CNMV valoraría la retirada de estas plataformas de la 'lista gris'. Mientras tanto, no contempla ni siquiera el cambio de los criterios de inclusión. 

La única fórmula que tendrían estas compañías de salir de la lista es solicitar formalmente a la CNMV una licencia para realizar actividades de captación de fondos o de prestación de algún servicio de naturaleza financiera. Sin embargo, esta vía es prácticamente inviable debido a que para ello tendrían que cambiar radicalmente el cometido de su existencia, pues estarían bajo la obligación de reducir hasta un porcentaje mínimo de su negocio las operaciones con criptomonedas.

Además de usarse como moneda, los criptoactivos también representan un valor para la inversión. Este asunto es que el que preocupa principalmente a los organismos supervisores, puesto que ha provocado que muchos minoristas se lancen a la especulación en un entorno de máxima volatilidad. Estas circunstancias hacen que la regulación se vuelva más que necesaria para proteger al consumidor y que le permita conocer los riesgos asociados, si bien se requiere una formulación coordinada con los países del entorno al tratarse de productos con un alcance global. Las autoridades son conscientes de que en el momento en que el mercado de los criptoactivos estalle -lo que no descartan que pueda ocurrir en algún momento- su reputación podría pender de un hilo. La pérdida de prestigio en caso de shock es un asunto que inquieta a los equipos supervisores del Viejo Continente.

Los únicos desarrollos que existen en España por el momento son el registro del Banco de España en virtud de la reforma de la ley de prevención del blanqueo de capitales y la circular de la CNMV a través de la cual se vigilan las campañas de publicidad masivas para que sean claras, equilibradas, imparciales y no engañosas, incluyendo una advertencia expresa de la elevada posibilidad que existe de perder la totalidad de lo invertido debido a la alta especulación. 

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