Desde Aemec

Los minoritarios piden a las empresas juntas a puerta cerrada por el Covid-19

Carlos Torres, BBVA, Junta de accionistas 2019
Carlos Torres, BBVA, Junta de accionistas 2019
EFE

La Aemec (Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas) solicita a las compañías cotizadas que, ante el inicio de la temporada de Juntas Generales de Accionistas (JGA) y a la vista de la situación de riesgo de contagio por el coronavirus, celebren las mismas a puerta cerrada por el coronavirus.

En opinión de Aemec las compañías cotizadas deben hacer sus mejores esfuerzos para poner a disposición de los accionistas todos los mecanismos legales para facilitar el ejercicio de los derechos de socio sin requerir su presencia física. Por tanto, consideran que el recurso a los medios electrónicos de carácter telemático constituye la mejor opción para ofrecer a los accionistas mecanismos de participación que ayuden a superar la brecha digital que todavía sufren muchas compañías.

Hoy mismo, Aemec está presente en la junta del BBVA exigiendo un cambio de enfoque radical en el modo de celebración en tanto en cuanto se mantenga esta situación de emergencia. Es necesario encontrar un punto de equilibrio entre la necesidad de respetar los derechos de participación de los accionistas en las juntas y evitar exponerlos a situaciones de riesgo en su propio perjuicio y el de toda la comunidad. Por tanto, han cuestionado la forma de celebración de la JGA la entidad por haber permitido a los accionistas participar en una reunión que en si misma supone un riesgo evidente y directo para su salud.

Tradicionalmente las juntas se han identificado con reuniones físicas de accionistas al objeto de fiscalizar la actuación de los administradores y adoptar los acuerdos que correspondan sobre cuestiones esenciales de la vida social. Hoy día en las grandes empresas estas reuniones movilizan a miles de personas. Es evidente que en un contexto como el actual carece de todo sentido realizar una reunión de tales características por el riesgo evidente que supone. 

El dictamen que Cremades & Calvo-Sotelo elaboró en este respecto para Aemec explica que nuestra legislación contempla numerosos mecanismos para el ejercicio de los derechos de socio sin necesidad de presencia física simultánea. A título de ejemplo podemos destacar la delegación de voto, el voto previo, postal o electrónico, el voto a distancia, o la propia participación virtual. Los requisitos para utilizar unas u otras vías no son iguales, con lo que pedimos a las compañías que los tengan implementados en sus procedimientos para poder ponerse en práctica en caso de necesidad.

Es evidente que estamos ante una situación excepcional, quizá incluso de fuerza mayor. Pero no podemos dejar de reconocer que desde el punto de vista de los accionistas nos hallamos también ante una magnífica oportunidad para que las compañías que todavía no lo han hecho, den el salto tecnológico y legal necesario para poner a disposición de los socios todos los mecanismos que permitan un mejor y más fácil ejercicio de sus derechos.

A pesar de la dificultad del momento, desde Aemec queremos recordar que el hecho de que no se produzca una reunión presencial no puede suponer menoscabo alguno de los derechos de los accionistas. Es por ello que desde la asociación estarán vigilantes a que la excepcionalidad que estamos viviendo no se traduzca en una vulneración de los derechos de información, participación y votación de los accionistas en las juntas. 

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