Hasta el 18 de mayo

La CNMV prorroga durante otro mes la prohibición sobre las posiciones bajistas

Sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
Sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
EUROPA PRESS - Archivo

"Cuando se adopte una decisión al respecto, se hará pública". Con esta escueta respuesta respondía la CNMV hace dos horas a las preguntas de 'La Información' sobre la extensión del veto a las posiciones cortas. La decisión estaba al caer ya que este viernes vencía el plazo impuesto hace un mes por el propio supervisor. Finalmente, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha acordado prorrogar durante otro mes la prohibición de realizar operaciones sobre valores e instrumentos financieros que supongan la constitución o incremento de posiciones cortas netas sobre acciones admitidas a cotización en los centros de negociación españoles (Bolsas de Valores y Mercado Alternativo Bursátil, MAB) para las que la CNMV es la autoridad competente.

La prórroga de la prohibición tendrá efectos desde el próximo 18 de abril hasta el 18 de mayo, ambas fechas incluidas, "y podrá a su vez prorrogarse por períodos renovables no superiores a 3 meses si se mantienen las circunstancias actuales, o bien levantarse en cualquier momento sin agotar el plazo, si se considerase necesario", recuerda el organismo que preside Sebastián Albella.

La CNMV revela que la decisión se ha adoptado tras diversos contactos con los supervisores de valores de los restantes países europeos que han adoptado medidas similares y ha sido notificada a la ESMA (el suprasupervisor europeo), según lo previsto en el mencionado Reglamento 918/2012. "[La decisión] se ha tomado por la persistencia de los riesgos e incertidumbres para la evolución de la economía y el mercado en el contexto de la situación creada por el Covid-19, el alto nivel de volatilidad y el riesgo de que puedan producirse movimientos de precios desordenados", justifica la CNMV en su nueva circular.

La prohibición cautelar afecta a cualquier operación sobre acciones o índices, incluyendo operaciones de contado, derivados en mercados organizados o derivados 15 de abril de 2020  OTC, que suponga crear una posición corta neta o aumentar una preexistente, aunque sea de forma intradiaria. Se entenderá por posiciones cortas netas las definidas en el artículo 3.1 del Reglamento 236/2012. Estas posiciones incluyen las ventas en corto aunque estén cubiertas por préstamo de valores.

Quedan excluidas de esta prohibición las actividades de creación de mercado, las posiciones cortas netas cuando el inversor adquiere un bono convertible (y mantiene una posición neutral entre acciones y bonos) o cuando el inversor tenga cubierta la posición con derechos de suscripción en una ampliación de capital. También están fuera de este veto las posiciones cortas a través de índices o cestas de valores siempre que no supera la mitad o más de dicha cesta o índice.

LA CNMV tomó su primera decisión sobre las posiciones cortas el pasado 12 de marzo, aunque limito la medida a 69 empresas cotizadas debido al colapso que habían sufrido sus cotizaciones con caídas de más del 10% durante una sola sesión. Solo cuatro días más tarde, y previa consulta con la ESMA, el supervisor español extendió el veto a toda la bolsa española desde el 17 de marzo hasta el 17 de abril, plazo que vencía este viernes.

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