Condenado a 44 años de cárcel el etarra manex castro por el asesinato de uria


La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 44 años de cárcel al etarra Manex Castro por su participación en el asesinato del empresario Inaxio Uria, que tuvo lugar en Azpeitia (Guipúzcoa) el 3 de diciembre de 2008.

Los magistrados de la Sección Primera, presididos por Manuela Fernández Prado, han encontrado a Castro culpable de delitos de asesinato terrorista, detención ilegal, robo de vehículo a motor, y daños.
La sentencia dictada hoy considera probado que en el asesinato participaron Castro y sus compañeros de comando Beinat Aguinagalde y Ugaitz Errazkin, quienes se encuentran en prisión en Francia.
Aguinagalde, Errazkin y Castro se desplazaron en la mañana del 3 de diciembre de 2008 a un aparcamiento de la localidad guipuzcoana de Deba, donde encañonaron a un hombre que se disponía a realizar una excursión por el monte y le robaron el coche.
Los etarras maniataron al excursionista, le taparon los ojos y lo dejaron en una carretera custodiado a punta de pistola durante varias horas por Manex Castro y el presunto colaborador Iurgi Garitagoitia.
Aguinagalde y Errazkin se dirigieron entonces a bordo del coche sustraído hasta Azpeitia (Guipúzcoa). Una vez en la localidad, sobre las 13.05 horas, localizaron a Ignaxio Uria entre el restaurante 'Kiruri' y las oficinas de su empresa.
Uno de los etarras se bajó del coche y, portando una barba postiza, se acercó por la espalda a Uria y le disparó a bocajarro hasta en tres ocasiones, provocándole la muerte. Los terroristas huyeron inmediatamente del lugar.
TELÉFONO DELATOR
Los magistrados concluyen que hay “prueba bastante” de la participación de Castro en el asesinato. Destaca en este sentido el tráfico de llamadas de un teléfono móvil que Castro arrojó a una basura junto con los restos del explosivo utilizado en un atentado contra el local del PSE en Galdakao (Vizcaya).
El citado teléfono, en el que se encontraron restos de ADN del etarra, fue utilizado en el asesinato de Uria. En concreto, los asesinos materiales hicieron con este aparato una llamada pérdida a los etarras que custodiaban al conductor secuestrado para “informar del éxito de la acción”.
El tribunal también tira por tierra la coartada de Castro, quien en el juicio celebrado el pasado 30 de enero dijo que en el momento del asesinato se encontraba trabajando de jardinero en la localidad de Villabona, donde se enteró por la radio “de la acción”.
Tanto un jefe como un empleado de la empresa de jardinería aseguraron asimismo ante el tribunal que se encontraban trabajando junto al acusado el día del asesinato.
COARTADA INVEROSIMIL
La sentencia destaca que ni Castro ni sus compañeros de trabajo ofrecieron esta versión de los hechos hasta la vista oral, tres años después del asesinato.”Todo ello genera dudas sobre su verosimilitud, es probable que los testigos no digan la verdad o que estén confundidos”, señala la resolución.
El tribunal, en cambio, ha decidido absolver a Iraitz Santa Cruz, acusado de colaborar al prestar su coche a uno de los etarras. La resolución señala que cedió su vehículo “por razones de amistad” y “sin conocimiento de que fuese a ser utilizado en actividades de la organización terrorista ETA”.
Además de los 44 años de cárcel, el tribunal ha condenado a Castro a pagar una indemnización de 160.000 euros a la viuda de Uria y de 240.000 euros a sus cinco hijos.
También le ha impuesto la prohibición de acudir a Azpeitia o acercarse a los familiares de Uria durante un periodo de diez años una vez cumplida la condena.

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