Perú decreta el cierre total de fronteras y el aislamiento obligatorio durante 15 días a causa del coronavirus

  • El presidente de Perú, Martín Vizcarra, ha decretado este domingo el estado de emergencia y ha anunciado el cierre total de fronteras, la suspensión internacional de todo tipo de tráfico, así como la cuarentena obligatoria durante 15 días a causa del coronavirus en el país, que ya ha registrado 71 casos.
Martín Vizcarra, presidente de Perú.
Martín Vizcarra, presidente de Perú.
-/Presidencia Peru/dpa

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

El presidente de Perú, Martín Vizcarra, ha decretado este domingo el estado de emergencia y ha anunciado el cierre total de fronteras, la suspensión internacional de todo tipo de tráfico, así como la cuarentena obligatoria durante 15 días a causa del coronavirus en el país, que ya ha registrado 71 casos.

Vizcarra ha explicado que "ante el riesgo" de que el coronavirus pueda extenderse en Perú, el Gobierno ha aprobado "de manera unánime" el decreto de emergencia con el objetivo de poder atajar y hacer frente cuanto antes al virus, que tal y como ha señalado el dirigente peruano, ha sido traído en gran medida por personas que regresaban desde Europa.

"Esta medida, que tendrá una vigencia de 15 días, implica el aislamiento social obligatorio de nuestra población", ha explicado Vizcarra, quien también ha detallado como el estado de emergencia supone "el cierre total de fronteras", así como la "suspensión del transporte internacional de pasajeros por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial".

El presidente peruano ha puesto la excepción en el transporte de carga y mercancías, así como el de "producción de abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad", tal y como ha señalado el diario 'Perú 21'.

A su vez, ha informado de que las personas podrán circular "únicamente por las vías de transporte público para la prestación y acceso de bienes esenciales como adquisición, producción y abastecimiento de alimentos", así como para acudir a "entidades financieras", o "a centros de servicios y establecimientos de salud", o para acceder a lugares en los que se lleven a cabo la "asistencia y cuidado de personas mayores, niños, adolescentes dependientes, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad".

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