Ceuta y Melilla siguen blindadas 

La UE prolonga las restricciones de viajes no imprescindibles hasta el 15 de mayo

Efectivos de la Guardia Civil y de la Unidad de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional realizan controles en la frontera con Francia por el coronavirus
Efectivos de la Guardia Civil y de la Unidad de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional realizan controles en la frontera con Francia por el coronavirus
Europa Press

No se podrá entrar a España... a menos que no sea estrictamente necesario. El Gobierno ha prorrogado los criterios para la aplicación de una restricción temporal de los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados al espacio Schengen hasta el próximo 15 de mayo. Los criterios que se han seguido para prolongar esta orden son el orden y la salud públicas. 

Así lo recoge la Orden INT/356/2020 que se incluye en el BOE de este martes, y que aboga por extender la aplicación de la medida que fue tomada el pasado 17 de marzo por los miembros del Consejo Europeo para limitar la expansión de la pandemia.

De esta forma, los únicos nacionales de terceros países de la Unión Europa que podrán viajar son los residentes que se dirijan a su lugar de residencia, los titulares de un visado de larga duración expedido por un país miembro al que se dirijan y los trabajadores transfronterizos, según informa Europa Press. 

Además, están autorizados a desplazarse los profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que regresen de realizar su labor, el personal dedicado al transporte de mercancías, el personal militar, diplomático o consular y aquellas personas que acrediten causas de fuerza mayor o motivos familiares imperativos.

Las excepciones de Andorra y Gibraltar 

Así, solo se permitirá entrar en España a las personas registradas como residentes que se dirijan directamente a su lugar de residencia en otro estado miembro, Schengen o Andorra. Eso sí, estas condiciones no serán aplicables en la propia frontera con Andorra o en Gibraltar.

Por otro lado, la orden publicada este martes en el BOE también establece que se mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla.

La orden, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlsaka, entrará en vigor a las 00:00 horas del 22 de abril y tendrá vigencia hasta las 24:00 horas del 15 de mayo sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.

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