OPINION

Un poco de pedagogía sobre la tributación de las herencias

Empecé el año 2018 debatiendo virtualmente a partir de un tuit de Miguel Sánchez, líder regional de Ciudadanos, que decía: “Hoy 1 de enero, se elimina el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Región de Murcia. Para esto vinimos, para solucionar problemas a los ciudadanos y no para creárselos. Es nuestra mejor manera de felicitaros el 2018, comenzamos el año eliminando impuestos”. Mi comentario fue el siguiente: “Deberían decirnos qué servicios públicos suprimen a cambio. Solo es buena noticia para hijos de ricos”. A partir de ahí se generó un debate con muchas personas desconocidas que me gustaría compartir con ustedes.

Los argumentos de quienes criticaron mi comentario se centraban en dos creencias erróneas. La primera es que se paga dos veces por lo mismo. No es cierto. El fundamento del Impuesto sobre Sucesiones es precisamente gravar la obtención gratuita de una riqueza (a cambio de nada, sin pago, ni contraprestación). El hecho de que el padre o la madre tributaran en su día por las rentas obtenidas o por el patrimonio poseído no significa que sus herederos hayan pagado por ello. Son personas distintas y el impuesto grava una capacidad económica que aparece con la transmisión por causa de muerte (o por donación). Además, las plusvalías que se ponen de manifiesto en el momento del fallecimiento están exentas en el  IRPF del difunto/a. No digan, queridos amigos tuiteros, que se hace pagar a los muertos: el impuesto sobre las herencias solo grava a los vivos que reciben algo sin ningún esfuerzo.

El segundo argumento en contra del impuesto es que pagan también las personas de rentas bajas cuando heredan la vivienda de sus padres. Es igualmente falso. Si por ejemplo una persona fallece dejando a dos hijos su vivienda valorada en 250.000 euros o menos, no pagarán impuesto por esa herencia. Si la vivienda que heredan fuera de 500.000 euros pagarían muy poco (en la mayoría de las CCAA prácticamente nada), pero si se heredan valores de esa índole o superiores no estamos hablando ya de pobreza, sino de una cuestión de liquidez, fácilmente soluble con fórmulas de aplazamiento. El problema con la sucesión en la vivienda es que los tuiteros que aprecian una carga excesiva están confundiendo el Impuesto sobre Sucesiones con el impuesto municipal de plusvalías, que está pendiente de reformarse tras ser declarado inconstitucional en una parte sustancial del mismo.

Quienes pensamos que es necesario mejorar y ampliar la tributación de la riqueza nos alegramos el pasado 25 de noviembre cuando un medio explícitamente liberal como The Economist alertó contra la tendencia a la reducción, si no eliminación, de los impuestos que gravan la riqueza heredada. En EE.UU. lo acaba de hacer Trump, en nuestro país lo está impulsando el partido de Albert Rivera con un entusiasmo digno de mejor causa.

Estamos ante un grave riesgo de que en España no se tribute por heredar. Es necesario insistir en que la herencia es una manifestación de la capacidad económica de quien la recibe y es de justicia que contribuya al sostenimiento de los servicios públicos. La regulación actual de esta

figura data de 1987, por lo que necesita actualizarse para garantizar que su principal objetivo, servir a una mayor igualdad, se cumple. La comisión de expertos para la reforma fiscal constituida en 2014 por el Gobierno recomendaba la modernización de este tributo, proponiendo un tipo fijo de gravamen según el grado de parentesco y un mínimo exento en la base imponible, entre otros aspectos. Con ello se conseguiría un impuesto suavemente progresivo, más sencillo y más justo. Aquellas ponderadas recomendaciones duermen el sueño de los justos.

También sabemos que la descentralización sin límites de las potestades normativas a las comunidades autónomas ha conducido a una competencia fiscal a la baja dañina. Sobre este punto se pronunció otra comisión de expertos más reciente, que proponía el pasado mes de

julio introducir un mínimo común de tributación en todo el territorio nacional, incluidos País Vasco y Navarra. Pues bien, se ha aprobado una reforma del Concierto Vasco sin que este mínimo haya sido siquiera considerado.

La recaudación de este impuesto en 2015 ascendió a 2.871 millones de euros que fueron a financiar a las CCAA, que en ese mismo año gastaron en total unos 171.000 millones de euros. Se trata por tanto una cantidad modesta. Incluso si la necesaria reforma lograra duplicar la recaudación, no se resolverían con ello todos los problemas de suficiencia de la financiación autonómica. Lo que está en juego es reforzar la cohesión social. El gravamen sobre las herencias y las donaciones ayuda a que el conjunto de los ciudadanos perciba que los ricos también pagan. No se dejen seducir por argumentos falaces: eliminar sin más la fiscalidad de

las herencias solo tiene unos pocos beneficiarios -precisamente aquellos que en nuestra sociedad están en mejor posición- y por ello conduce a una mayor desigualdad.

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