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El Gobierno quiere decidir qué es un mensaje de odio en las redes sociales

El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, durante su intervención en la segunda sesión del debate de moción de censura presentada por Vox, este jueves en el Congreso. EFE/Mariscal
El Gobierno quiere decidir qué es un mensaje de odio en las redes sociales.
EFE/ Mariscal

Entre abril y junio el grupo parlamentario de Unidas Podemos presentó ante la Fiscalía General del Estado varias denuncias por la "elaboración y difusión de 'ciberbulos' e informaciones tergiversadas a través de redes sociales para causar alarma y caos en medio de la crisis generada por la pandemia del Covid-19".

Se pretendía “investigar así la supuesta existencia de un entramado criminal detrás de la campaña de ‘ciberbulos’ contra el Gobierno de coalición a raíz de la crisis del coronavirus” por supuestos delitos de “simulación de peligro, calumnias e injurias a altas instituciones del Estado y organización criminal”.

En septiembre la Fiscalía de la Audiencia Nacional decidió el archivo de las diligencias de investigación abiertas en abril sobre un supuesto delito de injurias y calumnias al Gobierno, entendiendo que “no constituyen delito alguno y gozan del amparo del derecho fundamental a la libertad de expresión”.

Lejos de desanimarse, el grupo parlamentario de Unidas Podemos presentó el 16 de octubre en el Registro del Congreso de los Diputados una Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Interior (no en la de Justicia) sobre la “prevención (sic) de la propagación de discursos de odio en el espacio digital”.

La Proposición No de Ley se debatió y aprobó el pasado lunes 26 de octubre en la Comisión de Interior del Congreso, con el apoyo del grupo parlamentario socialista, sin que siquiera se hubiera publicado previamente en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, con una falta absoluta de transparencia.

Sólo este martes 27 de octubre, una vez aprobada la Proposición No de Ley, se publicó en el BOCG la iniciativa presentada el 16 de octubre en el Registro (han tardado 11 días, cuando en BOE publica Reales Decretos en unas horas). No el texto definitivo de la iniciativa aprobada, aunque no ha habido enmiendas.

Exposición de motivos

La exposición de motivos dice: “El contexto de la COVID-19 ha generado una creciente polarización en la opinión pública, organizada por diferentes grupos de opinión que, a través de las redes sociales, portales digitales u otras plataformas virtuales, señalan a determinados individuos o a grupos específicos como los causantes y responsables de la tragedia colectiva que estamos padeciendo”.

Y añade: “Así, el dolor colectivo de todo un país se ha estado instrumentalizando con fines ideológicos, poniendo en riesgo la seguridad física y la integridad moral de quienes han sido objetivo de este tipo de linchamiento digital”. Es decir, esta Proposición No de Ley se dirige, como las denuncias de abril y junio, a defender a los miembros del Gobierno y a los partidos que lo soportan.

Lo que ha cambiado desde entonces es que la Fiscalía ya se ha pronunciado y les ha dicho que lo que pretenden perseguir no es delito y que está amparado por la libertad de expresión. Por eso, ahora quieren que sea el Gobierno el que decida qué es un mensaje de odio, aunque no llegue a ser constitutivo de delito, y obligar a las redes sociales a borrarlo rápidamente, bajo amenaza de sanción.

Medidas propuestas

Una Proposición No de Ley, como su propio nombre indica, no es una ley que se vaya a publicar en el BOE y entre en vigor al día siguiente. Es una iniciativa por la que se insta al Gobierno a hacer algo: bien a regular una materia o bien a adoptar una serie de medidas. En este caso, las siguientes:

1.Garantizar que los usuarios de las empresas TIC dispongan de la información necesaria acerca de cómo denunciar los contenidos que inciten al odio, con derechos de información específicos en el caso de los usuarios menores de edad.

2.Simplificar los mecanismos para denunciar el contenido de los discursos de odio, incluida la creación de una herramienta única, accesible y fácil de manejar para los usuarios en todo el territorio del estado español.

3.Reducir el tiempo de procesamiento de los contenidos denunciados. Los operadores de las empresas TIC tendrán 24 horas para eliminar o deshabilitar de la web los contenidos que inciten al odio y a la violencia; o una hora cuando las víctimas sean menores. Esto exigirá a los operadores que apliquen procedimientos especiales y específicos, cuando sea necesario, para garantizar que las notificaciones se tramiten sin demora.

4.Aumentar la cooperación entre los operadores de las empresas TIC con las autoridades fiscales y policiales competentes. Los operadores tendrán la obligación de almacenar temporalmente el contenido de incitación al odio denunciado y de ponerlo a disposición de la autoridad judicial con el fin de investigar, identificar y enjuiciar infracciones penales.

Por qué no parece una buena idea

Salvo el último punto, que es en el que hay que insistir (exigir la colaboración de los operadores de redes sociales con la policía, la fiscalía y la autoridad judicial), los otros tres son innecesarios o peligrosos, más por lo que no dicen (pero está implícito) que por lo que dicen (porque se miden mucho las palabras).

Las redes sociales ya están obligadas (según el art. 16 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información) a actuar con diligencia para retirar o imposibilitar el acceso a los contenidos ilegales, en cuanto tengan conocimiento efectivo de ellos, y a ponerlo en conocimiento de la policía, los fiscales y los jueces.

Lo que pretende el Gobierno es presionar a las redes sociales para que supriman rápidamente (24 horas) contenidos que no constituyen delito, bajo amenaza de graves sanciones si no lo hacen. La pregunta clave es: ¿quién va a decidir qué es un mensaje de odio y qué no? ¿el Gobierno? No parece una buena idea.

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