OPINION

El Banco de España sigue custodiando oro sin reclamar de la Guerra Civil

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Una de las visitas más sorprendentes que he hecho en mi vida ha sido a la cámara acorazada del Banco de España. Un grupo de periodistas bajamos a  esa zona donde se guardan lingotes y monedas de oro, parte de nuestras reservas.

No se me olvidará cuando nos mostraron una especie de bargueño con sobres de papel, que contenían monedas, anillos de oro y plata, pendientes, cadenas y demás joyas. En cada uno de ellos alguien había anotado a mano un nombre. Eran personas que habían cedido sus joyas a la causa que creyeron más conveniente la Guerra Civil.

¿Y qué hacen aquí?, preguntamos.

"Esperar a que alguien los venga a recoger".

Ahora que se cumplen 75 años del final de la Guerra Civil, pregunté al Banco de España si se podían hacer fotos de esos sobres llenos de joyas. Me dijeron que no. Por seguridad. Pero, además, desde que entro en vigor la ley de protección de datos, el Banco de España no puede mostrar esos nombres y apellidos. Solo a sus dueños o los herederos.

El problema es que la emigración, el fallecimiento, la pérdida del resguardo y otras causas han hecho que esos tesoros sigan sin ser reclamados.

¿Cuál es la historia de esos sobres tan valiosos?

Esto es un resumen de lo que que literalmente me dijo el departamento de comunicación del Banco de España.

Durante la Guerra Civil se constituyeron varios tipos de depósitos de oro, tanto en la zona republicana como en la nacional. No todos ellos son recuperables hoy día.

Depósitos constituidos en la zona republicana:

A partir de 1936, el Gobierno Republicano ordenó por decreto que "toda persona española individual o colectiva" hiciera entrega de todo el oro amonedado que tuviese a su disposición, ya fuese de su propiedad o en custodia.

Aunque no se conserva mucha documentación sobre el destino que se dio a estos depósitos, cabe suponer que  fueron utilizados por el Gobierno Republicano para realizar pagos al exterior durante el conflicto. Estos depósitos no son recuperables.

Depósitos constituidos en la zona nacional:

1. Suscripción Nacional,  la Junta de Defensa franquista promovió, en agosto de 1936, apenas estalló la guerra, una campaña de carácter patriótico en la que se solicitaba a la población que donara los bienes metálicos, en oro o especies que tuviesen a su disposición. Se estructuró de la siguiente manera:

-suscripción en metálico para atender los gastos del Alzamiento Nacional.

-suscripción en metálico y en especie para agasajar a los soldados y voluntarios y premiar actos heroicos

-suscripción en oro y metales preciosos para restaurar el encaje (las reservas) del Banco de España

Como se constituyeron en forma de donativo, no es posible reclamarlos.

2. Decreto-Ley de 14 de marzo de 1937.  De nuevo, el lado franquista estableció un sistema de recaudación de oro amonedado o en pasta para "evitar la salida de oro del territorio ocupado por el Ejército Nacional". Este oro debía entregarse a modo de depósito, y había un documento que especificaba la cesión y la forma de pago. Es decir, entregaban su oro a cambio de un resguardo.

Los depósitos estuvieron bloqueados hasta 1959.

En 1959, un nuevo Decreto-Ley facultó al Gobierno para devolver el oro depositado en el momento y las condiciones que estimara oportunas.

Los depositantes o sus herederos acreditados podían solicitar, previa presentación del resguardo de depósito,  la devolución del oro depositado o bien venderlo al Estado.

Muchos de los depositantes prefirieron vender las monedas al Estado y éstas pasaron a formar parte de las reservas del Banco.

Aún quedan algunos de aquellos depósitos que no fueron recuperados ni cancelados (no se consideran en presunción de abandono), cuyo contenido exacto se desconoce.

El Banco de España continúa devolviendo estos depósitos a los solicitantes que pueden justificar su derecho sobre ellos.

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