OPINION

El 'caso Borrell' señala a Sánchez y deja tocada a la CNMV de Albella

Nadia Calviño y Josep Borrell / EFE
Nadia Calviño y Josep Borrell / EFE

Corría el año 1723 cuando Sir John Barnard, conocido hombre de negocios en lo que hoy es la City londinense, denunció que empresarios vinculados a la Compañía de las Indias Orientales habían vendido sus acciones en la sociedad tras tener conocimiento de que ésta pensaba reducir sus dividendos. Cuando la información llegó al mercado, los títulos de la firma cayeron un 50% y quienes habían vendido con antelación evitaron un notable quebranto. El episodio, citado por diversos estudios sobre la materia, da origen al concepto de ‘información privilegiada’ o ‘insider trading’. Aunque no todos los sistemas jurídicos o de control de los mercados han tenido históricamente el mismo celo al abordar estas prácticas, España sabe mucho de estas transacciones en el filo de la navaja. Por ejemplo, gran parte de las operaciones inmobiliarias realizadas al calor del ‘boom’ del ladrillo estuvieron bajo sospecha y en el foco de Anticorrupción: de Bañuelos a Joaquín Rivero, de Martinsa-Fadesa a Metrovacesa, pasando por la opa de San José sobre Parquesol. Todo un catálogo de compras y fusiones para estudiar.

El Código Penal español no es generoso con esta praxis, que la Ley del Mercado de Valores define como aquella información que “no se haga pública y que, de hacerse o haberse hecho pública, podría influir o hubiera influido de manera apreciable sobre su cotización en un mercado o sistema organizado de contratación”. Al punto que, como consta en el artículo 285, si con una operación de esta índole se obtiene un beneficio o se causa un perjuicio superior a 600.000 euros, se afronta un castigo de pena de prisión de uno a cuatro años, además de importantes multas e inhabilitaciones. Si el abuso es reiterado, el beneficio de “notoria importancia” o se causa grave daño a los intereses generales, el tiempo de cárcel aumenta de cuatro a seis años. Por eso, cuando la semana pasada LA INFORMACION desvelaba que la Comisión Nacional de Mercado de Valores (CNMV) investigaba al ministro de Asuntos Exteriores, Josep Borrell, por el uso de información privilegiada durante su etapa como consejero de Abengoa, lo primero a considerar es que no estamos ante una falta menor en el ámbito societario.

Y es que la cuestión es de fondo. En efecto, el ‘caso Borrell’ no entraría en los supuestos arriba citados, en tanto la infracción que detectó el supervisor -y reconoce el afectado, que en apariencia prevé recurrir al Ministerio de Nadia Calviño- se concentra en una transacción que apenas supera los 9.000 euros; de hecho, la sanción impuesta por la CNMV se eleva a apenas 30.000. Cuestión diferente es si un político que está siendo investigado por ‘insider trading’, uno de los delitos más graves en lo que afecta a la administración de una empresa, debe formar parte de un Gobierno y de la gestión de los dineros públicos. Más teniendo en cuenta los livianos estándares fijados por Pedro Sánchez para dejar el cargo. Por otra parte, ¿advirtió Borrell al presidente de su situación? Según el supervisor, el expediente administrativo sancionador se abrió el 13 de julio de 2017. El gabinete del Ejecutivo ‘sanchista’ se conoció en los primeros días de junio de 2018, cuando con toda seguridad Borrell ya era consciente del procedimiento en curso. ¿Es menos grave la información privilegiada que copiar parte de un trabajo académico?

Espacio aparte merece la calamitosa gestión del caso por parte de la CNMV. En julio de este año, su presidente, Sebastián Albella, daba forma a una idea que había esbozado previamente: el organismo se preparaba para hacer públicos los expedientes que incoaba, en contra del criterio de un buen número de juristas -incluso de la propia casa- que prefieren evitar el daño reputacional de dar publicidad a una investigación que puede acabar en nada. En declaraciones a 'El País', ‘Tano’ Albella decía: “Hemos establecido una serie de criterios para asegurar que se hace un uso adecuado y equilibrado de la publicación de la incoación de expedientes, que se hará cuando concurran circunstancias como que sean casos relevantes que generen especial interés de la opinión pública [o] supongan prácticas indebidas de especial gravedad sobre las que interese dirigir un mensaje general al mercado para que no se propague”. Dicho y hecho, el 6 de octubre se publicaba el primero, la apertura de un expediente a Telepizza por ocultar las razones que motivaron la dimisión del exconsejero Marcos de Quinto.

La transparencia, empero, no puede ser discrecional o deja de ser transparencia para convertirse en otra cosa. ¿O tiene más “especial interés para la opinión pública” el ‘affaire Telepizza’ que la investigación por información privilegiada a un político de renombre, consejero de una firma arruinada como Abengoa y luego ministro del Gobierno? ¿Por qué Albella sitúa una fecha de corte y no hace públicos todos los expedientes incoados y actualmente en marcha que tengan ese interés general al que alude? La CNMV mantuvo ‘oculto’ ese procedimiento durante más de un año, en atención a la práctica de no difundir los expedientes que no estén resueltos de manera firme, incluso con recurso sustanciado. Cambiado el criterio, estúdiese si merece la pena hacer públicos los casos pendientes en el cajón para no hacer agravios. Y si, al final del partido, la decisión es que el caso Borrell no trascienda, ¿por qué hacer público un comunicado el 10 de octubre, después de las informaciones publicadas por este periódico, confirmando en todos los extremos un expediente al ministro que se evitó corroborar a LA INFORMACIÓN cuando consultó directamente al organismo. Será otro ejercicio más de esa transparencia de la que presume el presidente de la CNMV.

Tampoco ayuda a creer en la buena voluntad del espectro político que el Consejo de Ministros activara en su reunión del pasado 28 de septiembre la reforma de la Ley del Mercado de Valores, justo un día después de que la CNMV resolviera el expediente a Borrell. En función de esa modificación, a la sazón la transposición de una directiva europea, se otorga todavía más margen al supervisor para no publicar determinadas sanciones. Aunque es cierto que el cambio legal llevaba pendiente más de un año, llama la atención el ‘timing’ elegido por Sánchez para implementarlo, recurriendo incluso a la vía de urgencia. Decía Jonas Salk, investigador neoyorquino recordado por su aportación a la vacuna contra la poliomelitis, que “nada sucede por casualidad”, sino que es “una cuestión de acumulación de información y experiencias”. ¿Una reflexión estrictamente médica? En política, al menos, todo parece más fácil. Y alivia acostarse creyendo en cuentos de hadas.

Mostrar comentarios