OPINION

Sánchez canta en falsete la melodía de Tobin

Sesión de investidura
Sesión de investidura
EFE

Los sistemas anglosajones designan con el término “sin tax” (“impuesto al pecado”) a una figura fiscal que no tiene un objetivo recaudatorio. Con esta gama de impuestos, el Estado quiere disuadir la práctica de conductas nocivas para el interés general (por los gastos y riesgos públicos que producen). El “sin tax” es un instrumento que eleva los precios de mercado de un producto para reducir su demanda. Es el caso del consumo de tabaco o el de bebidas alcohólicas. En España, esos consumos resultan gravados por los impuestos especiales.

En 1971, el presidente Nixon decidió la no convertilidad del dólar en oro. La medida fue el certificado de defunción de Bretton Woods y el comienzo de graves turbulencias en el Sistema Monetario Internacional. Ese mismo año, el gran economista norteamericano James Tobin propuso a la comunidad internacional la creación de un impuesto especial en un intento de poner orden en el Sistema. La mal llamada “Tasa Tobin” era, en realidad, un “sin tax”. El “pecado” que deseaba erradicar era la especulación en los mercados cambiarios internacionales.

La “vacuna” de Tobin consistía en la aplicación de un pequeño impuesto –alrededor del 0,5%- sobre cada operación de cambio de divisas. Como los especuladores invertían su dinero en moneda extranjera a muy corto plazo, el impuesto de Tobin habría abortado el agiotaje (comprar y vender divisas constantemente). Nadie especula si el beneficio que le reporta su actividad es inferior a su coste fiscal. El ideal de Tobin era que los tipos de cambio se mantuvieran estables.

Si una divisa sufría un ataque especulativo, las consecuencias podían ser mortales para la economía del Estado emisor. La volatilidad cambiaria le obligaba, si quería conservar el atractivo de su moneda, a subir drásticamente los tipos de interés. Sin embargo, el remedio solía ser peor que la enfermedad. Con el incremento de los tipos de interés, los bancos centrales defendían (a duras penas) su divisa, pero, a cambio, producían la ruina del crédito, el empleo y la demanda interna. El proyecto de Tobin fracasó porque exigía una condición previa de imposible cumplimiento: una arquitectura política mundial, un dragón al que no permitirían nacer los príncipes de los mercados de capitales.

Las ideas de Tobin durmieron el sueño de los justos. Hasta que, en la alborada del siglo XXI, resucitaron sin causa legítima. El catecismo de ATTAC y otros grupos “altermundistas” versionó la melodía de Tobin para adaptarla al ritmo sabrosón de la batucada “progresista”. Enterrado el programa original, el enemigo de ATTAC era otro. La especulación cambiaria pasó el testigo al comercio global y, sobre todo, al sistema financiero privado. Poco antes de fallecer en 2002, James Tobin acusó a sus falsos imitadores: “El movimiento antiglobalización abusa de mi nombre”.

En su reunión del 18 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley del “Impuesto sobre Transacciones Financieras” (ITF). Cuando entre en vigor, gravará al 0,2% las adquisiciones de acciones de sociedades españolas con un valor de capitalización bursátil superior a 1.000 millones de euros. La Ministra de Hacienda, Mª Jesús Montero, no ha tenido ningún empacho en bautizar a su criatura con el nombre de “Tasa Tobin”. Mal hecho. El ITF ha heredado del populismo de izquierdas su aversión al sistema financiero. En la referencia oficial del Consejo de Ministros, se dice: “este tributo afecta al sector financiero, que fue receptor [sic] de importantes ayudas públicas, de forma que ahora contribuya más al mantenimiento del Estado de bienestar”. El nuevo impuesto es una pieza más de la artillería instalada en La Moncloa para bombardear a los bancos. En el pacto que regula el Gobierno de coalición del PSOE-UP se prevé (página 44) una tributación mínima efectiva en el Impuesto de Sociedades del 18% para las entidades financieras y empresas de hidrocarburos. El resto de entidades tributará a un mínimo del 15%.

Probablemente, el mayor perjudicado por la andanada fiscal no será el sistema financiero, sino la Hacienda Pública. En este caso matar a quien te da de comer es lo mismo que disparar un misil contra el Tesoro Público. Al término del ejercicio 2019, las empresas cuya capitalización bursátil superó los 1.000 millones fueron 61. El valor de las transacciones de dichas sociedades importó 425.000 millones de euros (el 90,5% del total contratado en las bolsas españolas). Sobre dicha cifra, el Gobierno ha presupuestado un ingreso fiscal de 850 millones de euros. Pero se trata de un ejercicio de realismo mágico. Porque el valor de las transacciones realizadas en 2019 descendió un 20% respecto al del año precedente. El volumen de operaciones de las bolsas españolas está en caída libre desde hace años. Si ahora se encarece por el nuevo impuesto la compra de acciones españolas respecto a las de compañías extranjeras (que tributan fuera de nuestro país), es obvio que el ITF nacerá en la unidad de cuidados intensivos.

Tenemos un Gobierno corto de miras. Si analizamos su estrategia fiscal en su conjunto, no cabe descartar que produzca un agujero en las cuentas públicas. Veamos solo dos capítulos.

1.- Impuesto sobre Sociedades

El ITF discrimina a las grandes empresas españolas. Esa desigualdad frente a sus competidoras extranjeras se traducirá en una disminución de sus bases imponibles y, por consiguiente, en una minoración de la recaudación del Impuesto. El Gobierno es consciente de dicha “externalidad negativa” porque ha librado de su impacto a las pymes.

Además, las grandes empresas serán castigadas con mayor severidad por el aumento de la cuota a pagar al fisco. Los ingresos mínimos efectivos del Impuesto que soportarán las grandes empresas (15% y 18%) tendrán un efecto indeseable para el Tesoro si erosionan las cuentas de resultados empresariales. Es posible que al Gobierno le salga el tiro por la culata: los flujos crediticios y las aportaciones financieras a las empresas españolas, dentro del mercado global, serán menos rentables para los inversores. Mª Jesús Montero no tiene el gen de la oportunidad: ayer se supo que en 2019 los beneficios de los grandes bancos cayeron un 20% respecto al ejercicio anterior y que la recaudación del Impuesto sobre Sociedades fue la peor del último quinquenio.

El incremento en el pago de las cuotas fiscales se acentuará por la “mordida” a la exención de los dividendos y plusvalías procedentes de otras empresas (página 44 del pacto del Gobierno de coalición).

2.- IRPF

A) Si continúa la reducción de los beneficios sociales, tendrá un efecto multiplicador negativo sobre otros agentes. La disminución de los beneficios impactará de lleno –a la baja- en la retribución del capital de las grandes compañías. Serán inferiores a las actuales las cuantías repartidas a los socios por el capítulo de dividendos. Los titulares de las acciones, si son personas físicas, reducirán sus contribuciones al Tesoro por los “rendimientos del capital mobiliario”. Si son personas jurídicas, el daño fiscal se lo anotará otra vez el Impuesto sobre Sociedades.

B) Los trabajadores no pueden decidir unilateralmente el tiempo en que desempeñan su ocupación y, simultáneamente, perciben su contraprestación (la renta salarial). Los empleados por cuenta ajena están uncidos al contrato de trabajo y a la ley. Sin embargo, esa servidumbre temporal es desconocida por los inversores de capital, que son dueños de “la opción de oportunidad”. Los “capitalistas” disponen de un margen de libertad para anticipar o diferir la ejecución de sus operaciones. Naturalmente, elegirán el momento más favorable a sus intereses, según lo aconsejen las circunstancias (positivas o negativas) independientes de su voluntad.

Aunque el sujeto pasivo del ITF es el intermediario financiero que ejecuta la orden de compra, nadie duda de que endosará el coste fiscal a su cliente. Si el potencial comprador de acciones de una gran empresa va a pagar un coste adicional por su adquisición, no es descabellado suponer que la repercusión del ITF le hará reflexionar sobre la eventualidad de suspender o aplazar su decisión. El volumen del tráfico financiero en la bolsa española, en franco descenso en los últimos años, se resentirá aún más por el lado de la demanda. Y, si al mismo tiempo, la retracción de esta última coincidiera, también por motivos fiscales, con el repliegue (más profundo) de la oferta de acciones, el mercado bursátil puede enfermar de anemia.

En el pacto del Gobierno de coalición PSOE-UP, ambas partes se han comprometido, dentro de la próxima reforma del IRPF, a subir en cuatro puntos porcentuales (del 23% actual al 27%) el tipo de gravamen estatal sobre las rentas de capital superiores a 140.000 euros (página 45). La acumulación de costes fiscales (ITF + IRPF) sobre la compraventa de acciones debilitará el negocio bursátil y, por ende, el número y el valor económico de las ganancias de capital asociadas a la venta de acciones. No hace falta consultar al Oráculo de Delfos para saber quién se llevará la peor tajada por la desaceleración de la actividad bursátil. No descarto que el llamado “efecto anuncio” inherente a cualquier proyecto fiscal mueva a bastantes operadores a anticipar su decisión de transmitir parte de su cartera antes de la entrada en vigor de la subida de impuestos. Pero sería el canto del cisne para los réditos tributarios derivados de las plusvalías por venta de acciones. Ojalá me equivoque, pero creo que pintan bastos para el Tesoro.

La filósofa canadiense Patricia S. Churchland dice en “El cerebro moral” (Paidós, 2020): “Con el paso del tiempo, las leyes pueden sufrir modificaciones por muchas razones, algunas de las cuales pueden servir a los intereses de un poderoso subgrupo; otras, al bienestar del grupo en su conjunto, y otras reflejarán los desvaríos psiquiátricos de un déspota manipulador”. En el caso de autos, yo borraría del catálogo la segunda posibilidad. Y me detengo aquí porque no me gusta tirar al plato.

Mostrar comentarios