Luz de cruce

Vencedores y vencidos en la guerra de la plusvalía municipal

Bandera de España en el Tribunal Constitucional.
Bandera de España en el Tribunal Constitucional.
Europa Press

1.- La frontera

El 26 de octubre de 2021 fue un parteaguas jurídico, el punto que dividió, en dos direcciones, la trayectoria de la plusvalía municipal. Es cierto que la sentencia aprobada el 26 de octubre por el Tribunal Constitucional (TC) no anula, como tal, el “Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana”. Pero la declaración de inconstitucionalidad de varios preceptos de la Ley de Haciendas Locales relativos al cálculo de la base imponible del tributo, hace imposible en la práctica la liquidación de la plusvalía municipal.

El 26 de octubre fue la epifanía de Jano, el dios de los comienzos y los finales. El dios de las dos caras. La que mira hacia atrás ha convertido el pasado en un bloque de acero. Las liquidaciones administrativas (no recurridas) o las autoliquidaciones de la plusvalía municipal efectuadas antes del 26 de octubre son intocables. El contribuyente que haya satisfecho la cuota de un tributo inconstitucional a todos los efectos prácticos no podrá recuperar su ingreso indebido. Aunque los Ayuntamientos estén todavía muy lejos de ganar la prescripción, El TC ha declarado la firmeza irrevocable de las cuotas de la plusvalía municipal. Nos cierra los ojos la luz crepuscular del ocaso.

¿Pero qué señala la cara de Jano que mira el futuro? El dios del Trastévere observa la nada jurídica, el vacío legal.

2.- El vacío

Desde su fundación, el TC lleva en sus genes una triple tarea nomofiláctica. 1) O la conservación del Derecho tal como estaba antes de aprobar el test de idoneidad constitucional; 2) o apretar una de sus tuercas para, sin invalidarlo, proporcionar una nueva interpretación a las normas jurídicas; 3) o, finalmente, demoler el Derecho infraconstitucional enervando sus efectos de futuro. Lo que no puede hacer nunca el TC es crear Derecho suplantando al legislador.

Precisamente, la sentencia del 26 de octubre ha destruido varias normas que regulaban hasta entonces la plusvalía municipal, enviándola al museo de los objetos inútiles. El TC nos ha situado a todos delante de la sensación de vértigo que estimula el vacío legal. El propio Gobierno de la nación, para justificar la urgencia de la norma a la que enseguida aludiré, reconoce que “el vacío normativo sobre la determinación de la base imponible […] impide la liquidación, comprobación, recaudación y revisión de este tributo y, por tanto, su exigibilidad”.

3.- El limbo de los afortunados

El Gobierno ha puesto fin al horror al vacío. Lo ha hecho mediante la aprobación de un Real Decreto-ley que da nueva planta a la plusvalía municipal. Esta criatura nació al mundo jurídico el 10 de noviembre de 2021, día en que entró en vigor el Decreto-ley. Como este último, después de su convalidación por el Congreso, se tramitará como ley ordinaria, no parece que atente contra la Constitución por una posible invasión ilícita de la reserva de ley tributaria (artículo 31 CE). La Exposición de Motivos de esta norma de urgencia es cristalina: “…el vacío legal ocasionado por la sentencia podría provocar distorsiones inminentes en el mercado inmobiliario, en cuanto que [sic] puede suponer un incentivo para acelerar de forma urgente operaciones inmobiliarias con la única finalidad de aprovechar la coyuntura de no tributación antes de que fuera aprobada la nueva normativa del impuesto, que de no ser aprobada por real decreto-ley requeriría varios meses para su posible aprobación y entrada en vigor”.

Vale, jefe. La sentencia del 26 de octubre es el tercer y último aviso –esta vez con resultado de muerte- del TC sobre la chapuza de la plusvalía municipal (los dos anteriores datan de 2017 y 2019). Hasta ahora la iniciativa legislativa del Gobierno se ha movido desde la pereza hasta la incuria, ocasionando su pasividad el pago por miles de ciudadanos de unas cuotas injustas. Tanto monta monta tanto Sánchez como Rajoy. Quince días después de la caída del monstruo, el Ejecutivo improvisa un decreto anómalo por incompleto y parcial (condicionado por las próximas ordenanzas municipales, por lo que persiste la incertidumbre jurídica de los ciudadanos). ¡A buenas horas, mangas verdes!

En cualquier caso, y esto es lo más importante para lo que aquí me preocupa, la norma provisional aprobada por el Gobierno carece de efectos retroactivos. De modo que durante quince días –el tiempo transcurrido desde el 26 de octubre hasta el 10 de noviembre- la plusvalía municipal ha comido y pernoctado en el limbo de los justos (o de los injustos, según se mire).

4.- Muchos son los llamados y pocos los elegidos

Como si el Estado fuera un gran centro comercial, ha estado de rebajas (o de promoción especial) durante una quincena. Dos semanas que algunos agentes económicos han aprovechado a tutiplén para celebrar negocios (ventas, donaciones o permutas de inmuebles) sin tener que abonar la gabela de la plusvalía municipal. ¿Quién no conoce el aforismo de Orwell? “Todos somos iguales pero unos más que otros”. Porque, más allá del mundo de las formas, los individuos que han reaccionado rápidamente a favor de sus intereses ante el vacío legal han sido los de mayor capacidad económica. Los que movilizan a toda prisa su dinero, los que pueden pagar cómodamente un asesoramiento profesional de calidad…Siguiendo la estela de Claudio Magris, nunca me cansaré de decir, contra los postulados de cierta izquierda posmoderna y retórica, que la mejor defensa de los pobres es la ley (y no el voluntarismo jurídico, que en el fondo significa la negación de la ley, esto es, la ley del más fuerte).

El TC ha despojado a numerosos contribuyentes de su derecho subjetivo a la devolución (con intereses) de las cuotas abonadas por un tributo ilegal (los que todavía no han sido derrotados por la prescripción). Por el contrario, del vacío legal han sacado oro unos cuantos atletas del dinero. Son el Alfa y la Omega de la sinrazón. ¿Cómo se explica esta discriminación intolerable? ¿Por la voluntad de un dios escondido?

5.- ¿Vivimos en un Estado de Derecho?

Para mí, la respuesta es no. Vivimos en una nebulosa en la que el Estado no tiene una idea clara de lo que debe hacer por la nación. Ha transcurrido casi un siglo desde que don José Ortega definió de esta forma el lado negativo de la acción política. En mi opinión, fue un gran acierto del filósofo madrileño. El mismo que se equivocó al manifestar que los españoles “no somos salvajes recién llegados de las riberas del Orinoco para formar una sociedad”. (“Mirabeau o el político”). Mi audacia en la oposición al maestro, no impide mi respeto y cariño a Venezuela (y Colombia).

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