Luz de cruce 

Violencia de género: tabú y presupuestos

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, aplaude a la ministra de Igualdad, Irene Montero, tras su intervención en el acto institucional con motivo del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, en el que, bajo el lema ‘Por ser Mujeres. España Feminista’, se rendirá homenaje a todas las mujeres que han estado en primera línea durante la pandemia.
Violencia de género: tabú y presupuestos. 
EFE

Las comunidades autónomas son la punta de lanza en la guerra justa entablada por los poderes públicos contra la violencia de género. Como no disponen de financiación propia suficiente, las comunidades libran sus batallas con el auxilio económico de la Administración General del Estado. Las ayudas proceden de dos fuentes. De una parte, las comunidades beben de la manguera del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, suscrito en 2017. El Eje 7 del Pacto contiene unas recomendaciones específicas para encarar la violencia dirigidas a las comunidades y los entes locales. Y el Eje 9 creó un fondo finalista para la ejecución de las medidas oportunas en el que participan las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. El fondo, dotado con cien millones de euros, tiene un reflejo anual en los PGE. Con independencia de esta fuente específica, las leyes presupuestarias disponen la remisión de transferencias adicionales a las comunidades para financiar las competencias (nuevas o ampliadas) que el Estado reserva a las regiones en su lucha cotidiana contra la violencia sobre la mujer y sus hijos menores. Esta doble vía de financiación sostiene el derecho a la asistencia social integral que tienen las mujeres agraviadas.

Las remesas (después de circular por los raíles interminables de la burocracia estatal) se integran en los presupuestos autonómicos y aquí se eleva aún más la montaña de Sísifo y el peso de las piedras que cargan sobre sus hombros las mujeres víctimas de maltrato. Porque los gastos financiados por las transferencias se ejecutan por las Administraciones territoriales tarde y mal. El “vuelva usted mañana” de Larra se recita por duplicado en esta “época patológica”. Ítem más: de un año a esta parte la gestión autonómica de las ayudas a la mujer ha ido a peor debido a la anemia institucional provocada por la Covid-19. Precisamente cuando las mujeres maltratadas necesitan un plus de asistencia pública, ya que la reducción de la movilidad personal inherente al estado de alarma hace inevitable que esas mujeres pasen más tiempo, aisladas en la intimidad del hogar, con sus agresores.

El estado de alarma, decretado por segunda vez por el Gobierno (octubre de 2020), al limitar el ejercicio de los derechos fundamentales, está golpeando con mayor severidad a los grupos más vulnerables, como las mujeres víctimas de violencia de género. Estas últimas merecen una protección especial y a este motivo responde la Ley 1/2021. Esta norma pretende evitar el descuento de los remanentes de tesorería no empleados para defender a esas mujeres y facilitar la ejecución de los fondos transferidos a las comunidades.

En su preámbulo, la Ley expone que “la forma y el procedimiento de distribución [de las partidas del Fondo] a las comunidades, a través de la Conferencia Sectorial de Igualdad […], impiden aprovechar eficazmente los recursos que aporta el Pacto de Estado”. La Ley señala con el pulgar boca abajo los remanentes de fondos no comprometidos que atesoran –pendientes de ejecución- las comunidades. Las regiones pegan el marbete de inutilidad a las transferencias recibidas durante el ejercicio anterior. En buena ley, tales remanentes deberían ser descontados de las transferencias efectuadas con cargo al Fondo para atender las necesidades del año en curso.

En la reunión de la Conferencia Sectorial de Igualdad celebrada el 17 de octubre de 2019, las comunidades autónomas, por mayoría, solicitaron al Gobierno, para solucionar la cuestión de los remanentes de tesorería, que impulsara los cambios legales necesarios o, en su defecto, que estableciera un ámbito temporal más amplio para la ejecución de los fondos del Pacto de Estado. Ante el dilema, el Gobierno ha optado por dejar en offside la Ley General Presupuestaria (artículo 86.2.regla sexta), por lo que los remanentes no serán descontados y se aplicarán a la misma finalidad a lo largo del ejercicio siguiente. Es decir, la nueva Ley “flexibiliza” la regla del gasto de los programas no ejecutados por las comunidades autónomas. Como reconoce paladinamente la exposición de motivos de la Ley 1/2021, ésta ha dado una vuelta de tuerca a la Ley General Presupuestaria por ser la medida, según el Gobierno, menos restrictiva para los derechos de las mujeres y más generosa para las comunidades a las que se reserva la prestación de un servicio declarado esencial.

La Ley 1/2021 es un artefacto tan lamentable que en su preámbulo se autodefine como un Real Decreto-ley, “que es el instrumento más adecuado para garantizar la corrección [de los defectos del Fondo]”. Pero eso es lo de menos. Desde una perspectiva material, la Ley es un absurdo ideológico, económico y presupuestario. Por varias razones que paso a comentar brevemente.

La política económica asigna recursos escasos al logro de ciertos objetivos, dentro de una batería de aspiraciones que, en su mayor parte, el Estado no puede satisfacer. La relación entre fines y medios es de naturaleza moral y, por tanto, política. Desde hace más de quince años -¿se acuerdan de la omnipotente Mª Teresa Fernández de la Vega, que hoy preside el Consejo de Estado?-, la violencia contra las mujeres es la cuestión nuclear de la agenda política y legislativa, cuando existen evidencias sobradas de que hay otros problemas sociales –que no señalaré aquí porque todas las comparaciones son odiosas- de mayor relieve, al menos de forma cuantitativa. Sin embargo, el que pone en tela de juicio la primacía de la violencia mal llamada de género se arriesga a ser excomulgado por la nueva iglesia, esa organización que vota si Dios es hombre o mujer. La violencia contra la mujer es un hecho –continuo- de la realidad. Lo que no menoscaba su condición de tabú. La sombra del tabú permea todas las disposiciones de la Ley 1/2021. Su Disposición adicional única (“Diálogo civil”) atribuye cierta capacidad legislativa a las mujeres, a través de sus asociaciones. ¿España es una democracia corporativa?

La pésima gestión de las comunidades no es, como expone la Ley 1/2021, una consecuencia directa de las anomalías administrativas inducidas por la pandemia (aunque, sin duda, la Covid-19 ha contribuido a empeorar todavía más las deficiencias de las Administraciones españolas). La suspensión de la regla de gasto tampoco es, como dice la norma, una circunstancia excepcional. Ya se produjo en el ejercicio 2019. Simplemente, más “acá” de las justificaciones excéntricas de la Ley, las Administraciones no saben gestionar adecuadamente los servicios que las normas les encomiendan. Adoptar la misma iniciativa extraordinaria en 2020-2021 significa incrementar el volumen de la bola de nieve y desperdiciar, otra vez, un dinero público imprescindible para conjurar el espanto de la Covid-19.

La Ley 1/2021 anuncia un mal presagio. Si las Administraciones Públicas no pueden gestionar eficaz y legalmente un fondo de cien millones de euros durante cinco años, ¿cómo se harán cargo de los 71.604 millones de euros que asignará la Unión Europea, durante el trienio 2021-2023, al Estado español? El Gobierno de Pedro Sánchez construyó en diciembre de 2020 un dique de contención para que la gran ola de dinero europeo no desborde la organización administrativa española. ¿Funcionará? Lo peor que le puede pasar a un país mal preparado para ganar la lotería es morir de éxito.

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