OPINION

Autoconsumo eficiente y conectado al servicio de los ciudadanos

Un trabajador limpia una placa solar en la azotea de un edificio. EFE
Un trabajador limpia una placa solar en la azotea de un edificio. EFE

La publicación del Real Decreto-ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores es, sin duda, una gran noticia. Con este RD se pone fin a un sinsentido, que sólo era entendido, en el mejor de los casos, por las empresas eléctricas, y que ha supuesto, en definitiva, un parón al desarrollo del autoconsumo en España. Este RD da un plazo de tres meses para que el Gobierno haga el desarrollo normativo del mismo.

A falta de que conozcamos este desarrollo, algunos aspectos son muy positivos, como la derogación del famoso “Impuesto al Sol” que, recordemos que era un impuesto sobre la energía auto consumida, o el reconocimiento explícito al autoconsumo compartido, "se reconoce el derecho al autoconsumo compartido por parte de uno o varios consumidores para aprovechar las economías de escala", en distintas modalidades.

Un RD más acorde con el espíritu de la transición energética en marcha, que se alinea con las normativas europeas, y cuyo desarrollo debe tener como pilares fundamentales incentivar el ahorro y la eficiencia energética.

De acuerdo con este RD, a partir de ahora, las instalaciones se van a clasificar en instalaciones de autoconsumo sin excedentes e instalaciones de autoconsumo con excedentes. Una clasificación que no se entiende muy bien y que parece más un reducto de leyes anteriores, donde el autoconsumo iba a traer sólo problemas a la red eléctrica y, por lo tanto, lo deseable eran sistemas que no vertieran energía a la red.

Además, de acuerdo con este RD, en las instalaciones sin excedentes, es necesario justificar la no inyección con la instalación de un equipo anti-vertido. La utilización de inversores fotovoltaicos con la función inyección cero debería ser suficiente. Lo contrario encarecería innecesariamente los costes de instalación. La única ventaja que tiene este tipo de instalaciones es que los trámites para su legalización son más sencillos y son válidos para instalaciones de autoconsumo sin excedentes de hasta 100 kW conectadas a la red de baja tensión. Bien es cierto que las instalaciones menores de 15 kW parece que también van a tener un procedimiento administrativo sencillo, por lo que deja de tener sentido hacer instalaciones de autoconsumo sin excedentes. Llama la atención el interés en desarrollar una normativa específica para este tipo de instalaciones.

Desde mi punto de vista, potenciar las instalaciones de autoconsumo sin excedentes, facilitando su implementación, va en contra del necesario cambio de modelo energético que el propio RD dice apoyar.

En la figura 1 he representado los porcentajes de autoconsumo y autosuficiencia que pueden darse en una instalación convencional de autoconsumo doméstico en función de la potencia pico instalada. El autoconsumo representa el porcentaje de la energía producida por el sistema fotovoltaico que es utilizada directamente, mientras que la autosuficiencia representa el porcentaje del consumo que es cubierto directamente por el sistema fotovoltaico, es decir, el ahorro energético en la factura eléctrica.

Gráfico: Porcentajes de autoconsumo y autosuficiencia en función de la potencia pico fotovoltaica instalada para una vivienda en Málaga.
                                               

Podemos observar que solamente cuando la potencia pico instalada es muy pequeña, el valor del autoconsumo es muy alto, mientras que, lógicamente, el valor de la autosuficiencia es muy bajo. Casi todo lo que producen los paneles fotovoltaicos se consume directamente en la vivienda; en cambio el ahorro es muy pequeño. Incluso en estos casos, el autoconsumo no es del 100%, lo que indica algún intercambio de energía con la red. El punto de corte de las dos curvas representa el valor de potencia pico instalada que hace que la producción fotovoltaica anual total coincida con el consumo anual total de la vivienda. Esta potencia representa el valor fotovoltaico a instalar en una vivienda que quiera ser neutra en emisiones: se genera una cantidad de energía igual al consumo. En este punto, el valor tanto de la autosuficiencia como del autoconsumo coincide, pero su valor es cercano al 40%. Esto significa que, aproximadamente, el 60% de la energía FV producida se tiene que enviar a la red y que el ahorro energético en la factura es también del 40%. Naturalmente, la potencia fotovoltaica en el punto de corte, para cada vivienda, depende sólo del valor del consumo y no de la hora a la que este se produzca.

Obsérvese que los valores de autosuficiencia tienden a un valor máximo teórico que coincide con el valor del consumo diurno respecto al total, toda vez que en los sistemas de autoconsumo sin batería no es posible cubrir los consumos nocturnos.

De acuerdo con estos resultados, si tuviéramos un sistema de autoconsumo sin excedentes, el 60% de la energía que podríamos haber vertido a la red no se habría generado. Más importante, sea cual sea la potencia pico instalada, siempre se generarán excedentes que habrá que enviar a la red, o no producirlos si es un sistema sin vertido a la red.

Estas instalaciones serán, por tanto, mucho menos eficientes, ya que sólo producirán lo que se consume en cada momento. Además, impiden que se pueda recibir una justa compensación por la energía que se envía a la red y, lo que es más importante, se cierra la puerta al autoconsumo compartido, es decir, a que el sistema pueda beneficiarse de la energía sobrante y, por tanto, no se está contribuyendo de manera eficiente al cambio de modelo energético. Son instalaciones insolidarias, también con el medio ambiente, ya que se renuncia a producir una cantidad de energía que contribuiría a reducir las emisiones contaminantes.

El autoconsumo debe ser compartido, eficiente, inteligente y solidario. Debemos desarrollar una ley que permita consumir, vender y comprar electricidad en condiciones justas para los ciudadanos y para el medioambiente.

Las instalaciones de autoconsumo deben potenciarse e implicar a los ciudadanos en su responsabilidad como consumidores de energía, primero, y como productores, después. Para que esta realidad se imponga necesitamos, como paso previo, que los consumidores tengamos acceso en tiempo real a los datos de nuestros contadores de electricidad, y no, como hasta ahora, a posteriori y a través de una página web.

El nuevo RD elimina las trabas al uso de baterías, por lo que se podrán gestionar de manera eficiente los excedentes de energía. Estas baterías podrán ser parte del sistema fotovoltaico o ser la batería de los coches eléctricos.

En el futuro próximo, serán sistemas inteligentes los que manejen de forma eficiente la producción fotovoltaica, el almacenamiento, la gestión de los consumos y el intercambio de energía con la red y poder así decidir en cada momento cuál es la mejor estrategia energética y económica. Las tecnologías actuales como son el big data y el blockchain permiten hacerlo y van a ser claves en el desarrollo del nuevo mercado eléctrico.

Las instalaciones de autoconsumo sin excedentes van en la dirección contraria y no deberían contemplarse en la nueva ley como una opción preferente.

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