Seis razones aplastantes para reformar la Constitución (de una vez)

    • "Las constituciones son como las casas: cada cierto tiempo hay que pintarlas", afirma el catedrático en Derecho Constitucional Javier García Roca.
    • Italia, Alemania, EEUU, Austria... todos los países de nuestro entorno han reformado su constitución muchas veces: ¿por qué España no lo hace?
Según la Constitución, la Princesa Leonor perdería su condición de heredera si el príncipe Felipe y la princesa Letizia tienen un hijo varón
Según la Constitución, la Princesa Leonor perdería su condición de heredera si el príncipe Felipe y la princesa Letizia tienen un hijo varón
Carlos Álvarez/Getty Images

¿Por qué no se reforma la Carta Magna? La sucesión del Rey sigue privilegiando al sexo masculino, la definición de Nación y nacionalidades aún provoca enconadas discusiones, arrecian las críticas hacia el Tribunal Constitucional...El experto en Derecho Constitucional y catedrático de la Universidad Complutense de Madrid Javier García Roca, lo tiene muy claro: "La Constitución está bien, pero debe ser reformada, como ocurre en Italia, Alemania, EE.UU, Francia... Como todos los edificios y casas de casi cuarenta años, necesita una mano de pintura y arreglar las tuberías. De lo contrario, hace aguas por todas partes". Y enfatiza: "¡Las constituciones se defienden reformándolas!".

Lainformacion.com ha analizado con este experto los puntos más polémicos de la Constitución Española. 

1. La diferencia entre Nación y nacionalidades.La intención: Fue un aspecto muy discutido en las sesiones constituyentes. Finalmente se introdujo la distinción entre Nación (en sentido político) y nacionalidades (en sentido cultural) para integrar a Cataluña y País Vasco. De esta manera se reconocía a estos territorios una personalidad distinta que otros.La realidad: no ha servido para que Cataluña y País Vasco estén cómodos en el actual estatus.

2. Todavía la Consitución reconoce la posibilidad de que Navarra se reintegre en una sola comunidad al País Vasco.La intención: integrar en el proceso constituyente al nacionalismo vasco, que en aquel momento era más fuerte en Navarra de lo que es hoy. Dado que no estaba claro dónde querrían ubicarse finalmente los navarros, se dejó abierta esta puerta en la famosa disposición transitoria cuarta.La realidad: Esa disposición sigue generando controversias porque casi cuarenta años después continúa en vigor a pesar de que la mayoría de los navarros prefiere mantener su actual situación.

3. Las hijas del Rey no pueden acceder al trono si tienen algún hermano varón.La intención: en 1978 se entendió que para consolidar la monarquía se debía introducir el orden sucesorio histórico y recogido en el derecho español desde que en Edad Media Alfonso X uniformó el derecho de Castilla en el cuerpo jurídico conocido como 'Las Siete Partidas'. La igualdad de la mujer ante ley no estaba tan reconocida hace treinta años como ahora.La realidad: el nacimiento de un tercer hijo varón del Rey (quien ya manifestó su deseo de tener tres o cuatro hijos, "más de dos y menos de cinco" dijo literalmente) pondría en un aprieto la sucesión. Ese hipotético tercer hijo varón sería legalmente el sucesor, cuando el sentido común del pueblo español señala a que debe ser la Princesa de Asturias, Leonor.

4. La Constitución establece que el ejército es garante de la "soberanía e independencia de España" y defensor de "su integridad territorial" y "ordenamiento constitucional".La intención: las fuerzas armadas existen para evitar, y en su caso rechazar, la agresión de un enemigo externo. Como explica el profesor García Roca: "Una interpretación razonable excluye cualquier intervención del Ejército para evitar una secesión de un territorio sin previa orden del Gobierno".La realidad: A principios de los años ochenta muchos oficiales seguían pensando que debían obediencia al Rey por encima del Ejecutivo. Hoy en día todos entienden perfectamente su subordinación al gobierno de turno y su papel constitucional, al margen de las manifestaciones particulares, más o menos afortunadas, de sus miembros en activo o en la reserva. Los nacionalistas, por su parte, han criticado la redacción de este artículo de la Constitución y han llegado a denunciar maniobras militares intimidatorias de las fuerzas armadas españolas.

5. La politización del Tribunal ConstitucionalLa intención: según García Roca, la forma de elección de los magistrados del TC no difiere en mucho del método que se sigue en otros países de nuestro entorno. Para él, la politización del TC no se debe al método de elección de los magistrados.El resultado: los partidos no cumplen lo que establece la ley orgánica del TC. No lo renuevan en el plazo prescrito. Las prórrogas contribuyen a la politización del Tribunal. "Y convendría que recuperasen la tradición de nombrar a los magistrados por consenso... y sobre todo de elegir a los mejores juristas".

¿Se puede penalizar a los partidos si cumplen en tiempo y forma con esta obligación constitucional? En otros partidos, explica el catedrático de la UCM, "se está discutiendo si se debe perder la posibilidad de nombrar a los magistrados en favor de una instancia neutral", como el presidente de la República en el caso de Italia, por ejemplo. ¿Y en España podría ser el Rey? "Sería difícil conciliar esta función política con la 'irresponsabilidad' que la Constitución establece para el jefe del Estado.

6. La distribución de competencias entre autonomías y Estado CentralLa intención: distribuir las competencias según el modelo descentralizador de otros países como Alemania o Estados Unidos. Los artículos 148 y 149 de la Constitución fijan las competencias que pueden ser asumidas por las comunidades y las que son responsabilidad del Estado. Se pretende que el senado sea una cámara de representación territorial.El resultado: se critica mucho al senado porque en la práctica no es útil. El traspaso de algunas competencias, sobre todo las relacionadas con Sanidad y Educación son fuente permanente de conflictos. A este respecto, el profesor García Roca cree que se debería reformar la lista de los artículos 148 y 149 y, sobre todo, incluir "un acuerdo sobre financiación".Pero... ¿es una buena Constitución o no?

Ante la pregunta "¿es buena la Constitución española desde el punto de vista jurídico?, García Roca responde afirmativamente: "es una constitución tan buena como la de países de nuestro entorno. Fue muy útil para algo tan importante como era consolidar la democracia en España. Ahora bien, para conocer el funcionamiento de una norma se necesita tiempo y corregir los fallos que vayan surgiendo. Desde que pasaron diez u once debía haber empezado a ser reformada, como hacen todos los países. La Constitución no ha fallado. Lo que ha fallado ha sido la falta de voluntad y de acuerdo entre los partidos políticos para reformarla cuando ha sido necesario".

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