El TSJ aumenta en 12 meses de prisión la condena del autor del asesinato de dos jóvenes en Càlig (Castellón)

  • La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha aumentado en 12 meses de prisión la condena de 44 años de cárcel que dictó el magistrado presidente del tribunal del jurado que emitió un veredicto de culpabilidad para E.P.R., como autor del asesinato de dos jóvenes de Cálig (Castellón) en junio de 2005.

CASTELLÓN, 31 Mar. (EUROPA PRESS) La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha aumentado en 12 meses de prisión la condena de 44 años de cárcel que dictó el magistrado presidente del tribunal del jurado que emitió un veredicto de culpabilidad para E.P.R., como autor del asesinato de dos jóvenes de Cálig (Castellón) en junio de 2005. Así, el TSJ estima en parte el recurso de apelación interpuesto por el ministerio fiscal contra dicha sentencia, y añade a la condena la pena de 12 meses de prisión por el delito de allanamiento de morada a que también fue condenado E.P.R. en dicha resolución. El fiscal señaló en su recurso que la sentencia condena al acusado como autor responsable de un delito de allanamiento de morada en concurso ideal con dos delitos de asesinato e impone 22 años de prisión para cada asesinato, pero no establece pena alguna para el otro delito al que se le condena. La Sala del TSJ considera que debe incluir en la condena impuesta también la pena por el delito de allanamiento de morada, que fija en 12 meses de prisión. La sentencia, emitida de conformidad con el veredicto del jurado, declaró como hechos probados que el acusado, en la madrugada del 12 de junio de 2005, actuando según un plan previamente concertado y en conjunción con otras personas no identificadas, se dirigió al domicilio que la joven fallecida compartía con su hermana en Càlig. E.P.R., junto con las otras personas, accedió a la citada vivienda de manera irregular y permaneció en su interior hasta la llegada de sus víctimas. Una de las dos hermanas llegó al domicilio acompañada de un joven hacia las 6.00 horas, donde fueron sorprendidos por el acusado y sus acompañantes, quienes golpearon violentamente al chico, al que causaron lesiones en el pómulo derecho, en la frente y en la parte alta del tórax. Posteriormente, según la sentencia, ambos jóvenes fueron atados de pies y manos con una cuerda y, con ánimo de acabar con sus vidas, les dispararon con un arma de fuego en la cabeza, lo que les provocó la muerte. El acusado no había tenido relación alguna con las víctimas, así como tampoco con sus familiares y amigos, ni había estado nunca anteriormente en la citada vivienda. También se probó que el acusado actuó sólo por móviles económicos, e ingresó en distintos bancos durante el mes siguiente a estos hechos 14.000 euros (2.000 euros a los dos o tres días y 12.000 euros al mes del suceso), y adquirió por esas fechas un solar por el que pagó no menos de 15.000 euros en billetes de 500 euros, sin que haya logrado justificar el origen lícito de dichas cantidades de dinero.

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