El juez Tirado recurre ante el Supremo su multa de 1.500 euros

  • El titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Rafael Tirado, ha recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) la multa de 1.500 euros que le impuso el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el pasado 23 de diciembre por el 'retraso injustificado' que sufrió la ejecución de una condena por abusos dictada contra el presunto asesino de Mari Luz Cortés, Santiago del Valle, que propició que éste se encontrara en la calle cuando se produjo el crimen.

SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS) El titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Rafael Tirado, ha recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) la multa de 1.500 euros que le impuso el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el pasado 23 de diciembre por el "retraso injustificado" que sufrió la ejecución de una condena por abusos dictada contra el presunto asesino de Mari Luz Cortés, Santiago del Valle, que propició que éste se encontrara en la calle cuando se produjo el crimen. Fuentes judiciales confirmaron a Europa Press que el recurso fue registrado el pasado 17 de marzo en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, que será la encargada de resolver la oposición mostrada a la decisión del Pleno del CGPJ tanto por el juez sevillano como por la Fiscalía, que reclama una sanción más dura. Cabe recordar que la resolución del CGPJ en la que se justificaba el mantenimiento de la multa de 1.500 euros al juez Tirado defendía que no se podía exigir al juez más que una responsabilidad de "segundo orden", ya que su labor requiere de "unos medios adecuados cuyo suministro y aportación corresponde a terceros". La resolución adoptada por 14 de los 20 vocales del CGPJ --por una falta grave de retraso injustificado-- fue redactada por Manuel Almenar, al desestimar el Pleno del pasado 23 de diciembre la propuesta del primer ponente, Félix Azón, de suspender al juez de Sevilla por dos meses. Estos vocales defendieron, frente a otros seis que apostaron por suspender a Tirado, que no existió por parte de Tirado una conducta que pudiera ser calificada de 'muy grave' porque para que se aprecie este supuesto "el juez tiene que infringir un deber legal inexcusable de actuar de determinada manera o en un determinado tiempo que es esencial", lo que no sucede en este caso. El CGPJ apuntaba en su resolución que Tirado es responsable personal y directo de que se incoe la preceptiva ejecutoria y se den las órdenes para el cumplimiento de la sentencia, "permaneciendo una responsabilidad de segundo grado (...) de control o supervisión de las actuaciones necesarias para la efectividad de lo resuelto". "No puede confundirse la 'desatención' con la falta de diligencia debida, sino que es menester algo más, a saber, un 'plus' de negligencia o torpeza susceptible de atraer la calificación de 'muy grave'", añade la resolución. RELACIÓN CON MARI LUZ La resolución rechazaba, sin citar en ningún momento el caso concreto, que se trate de vincular la conducta de Tirado con la desaparición y posterior asesinato de la niña onubense Mari Luz Tirado, puesto que "no constaban datos que permitieran hacer un pronóstico de comisión de nuevas conductas delictivas por parte de Del Valle". Además, agregaba que ni la Fiscalía ni la Junta de Andalucía, en su condición de tutora de la menor, solicitaron la adopción de medida alguna "obviamente porque no apreciaron sospechas de reiteración delictiva". CARGA DE TRABAJO DE TIRADO Recordaba también el CGPJ que en el juzgado de Tirado "pesaba una carga de trabajo superior a la aconsejable", que hubiera debido motivar la ampliación de la planta, y que la actividad desarrollada por el magistrado "excedía ampliamente el módulo de rendimiento medio" aprobado por el Consejo y asumido por el Ministerio de Justicia. Finalmente, el CGPJ elogiaba de Tirado su "laboriosidad y dedicación", ya que durante varios años consecutivos "ofreció un rendimiento profesional muy por encima de la media racionalmente exigible", alcanzando en el año 2007 unos módulos del 140 por ciento en el primer semestre y del 150 por ciento en el segundo. RECURSO DE LA FISCALÍA Por su parte, la Fiscalía General del Estado ya anunció en su día que iba a recurrir la decisión del CGPJ ante el Tribunal Supremo al entender que los hechos eran constitutivos de una falta muy grave. El Ministerio Público pedía una sanción de suspensión por tres años por la comisión de una falta "muy grave" del art. 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que contemplaba la posibilidad de un traslado forzoso o incluso apartar definitivamente al magistrado de la carrera judicial, extremo que apoya la familia de la niña Mari Luz. Por estos mismos hechos, la secretaria judicial del juzgado de Tirado, Juana Gálvez, fue suspendida, en este caso por el Ministerio de Justicia, a dos años de suspensión de empleo y sueldo, lo que provocó las protestas de los secretarios judiciales que culpan del 'caso Mari Luz' a la falta de inversión en la Administración de Justicia.

Mostrar comentarios