Absuelto Oriol Pujol de amenazar a Carina Mejías al decirle 'Esto te dará mal vivir'

Absuelto Oriol Pujol de amenazar a Carina Mejías al decirle 'Esto te dará mal vivir'
Absuelto Oriol Pujol de amenazar a Carina Mejías al decirle 'Esto te dará mal vivir'
EUROPA PRESS
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La sentencia, recogida por Europa Press, considera probado que Pujol envió este mensaje el 2 de julio de 2016 al móvil de Mejías pero no ha quedado acreditado que tuviera contenido intimidatorio o que se hubiera enviado con el propósito de atemorizar o asustar a la política, ya que "no estaría anunciando ningún mal concreto y determinado".

Durante el juicio, que se celebró el 16 de noviembre, el hijo menor del expresidente de la Generalitat negó que tuviese intención de amenazar a Mejías y aseveró: "Es una opinión a una persona que conozco".

Mejías dijo en el juicio que el mensaje era una amenaza a su libertad: "Ejercer la actividad política en Catalunya cuando defiendes determinadas acciones políticas es complicado", y en su denuncia manifestó que el tono era claramente amenazador y tenía la intención de coartar y limitar su acción política.

Pujol envió el SMS a Mejías al día siguiente del pleno del Ayuntamiento en el que C's defendió crear una comisión de investigación de la agencia pública Barcelona Regional, que según la denuncia había suscrito contratos con empresas relacionadas con familiares de Oriol Pujol, según consta en la sentencia.

Para el juez, el mensaje no fue una amenaza pero sí "una acción desafortunada", sobre todo teniendo en cuenta que se envió a su teléfono personal y justo después de crearse la comisión de investigación, y considera que la recepción del mensaje pudo incomodar a la denunciante.

"No se puede considerar acreditado que el mensaje contuviera expresiones realmente amenazadoras o intimidatorias, ni que el denunciante lo hubiera enviado con la intención de perturbar la tranquilidad o el sosiego de la denunciante", concluye.

Admite que cuando Pujol le dice a Mejías "retorcida" es un calificativo con connotaciones negativas, pero que el mensaje no se puede considerar una amenaza ya que no anuncia un mal concreto y determinado, el requisito indispensable para que sea considerado como tal.

El juez, además, declara los costes del juicio de oficio y no condena a la política a pagarlas, tal y como pedía Pujol, porque no considera que haya actuado con esta denuncia "de mala fe".

Ante esta resolución se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia de Barcelona en el plazo de cinco días.

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