Eta. Un año de cárcel para un concejal de anv por publicar fotos de etarras en un programa de fiestas


La Audiencia Nacional ha condenado a un año de cárcel al concejal de fiestas y segundo teniente de alcalde de Guernica (Vizcaya), Jesús María Alberdi, de ANV, por un delito de enaltecimiento del terrorismo como responsable del programa de las fiestas patronales del año 2009, un folleto en el que se introdujo la foto de nueve presos etarras con el lema “no podemos ser nada sin ellos”.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha impuesto la misma pena al diseñador y dibujante del diario “Gara” Francisco Javier Etayo, quien se encargó de realizar el fotomontaje con las imágenes de los nueve etarras. La sentencia hecha pública hoy también condena a Etayo y Alberdi a siete años de inhabilitación absoluta.
En las páginas 15 y 16 del citado programa, del que se hicieron 6.000 copias, aparecía un fotomontaje con la imagen de nueve etarras de la localidad, entre ellos Urko Mancisidor, Miren Josune Onaindia y Javier Abaunza. El folleto también hacía referencia al etarra Jon Anza, que se encontraba desaparecido y cuyo cuerpo fue encontrado en una morgue de Toulouse (Francia) en marzo de 2010.
La impresión de los 6.000 folletos corrió a cargo de la empresa Gráficas Amorebieta y se pagó con fondos del Gernika Rugby Taldea por un importe total de 9.362 euros.
El club de rugby también se encargó de la distribución del programa, que se repartió gratuitamente por bares y establecimientos comerciales del municipio.
ELOGIO A TERRORISTAS
La sentencia considera probado que Etayo y Alberdi fueron las personas que “decidieron colocar” las fotografías de los nueve etarras en el programa de fiestas “con la finalidad de ensalzarlos”.
Los magistrados, presididos por Fernando García Nicolás, matizan que este objetivo ensalzador “no implica que se persiguieran otras finalidades” como las “razones humanitarias” esgrimidas en el juicio, en el que se aseguró que sólo se pretendía denunciar “la dispersión” que sufren los presos etarras así como una supuesta conculcación de sus derechos.
El tribunal asegura además que Etayo y Alberdi eran “conscientes del elogio y agradecimiento que para los individuos suponía la difusión de sus fotos” y destaca que se imprimieron 6.000 ejemplares del folleto.
Los magistrados concluyen, por lo tanto, que, más allá de las alegaciones de los condenados, las fotografías fueron introducidas “por el perfil que tienen como condenados por delitos de terrorismo”.
EVASIVAS DEL CONCEJAL
El tribunal subraya que la responsabilidad de Etayo “no plantea la menor duda” ya que en el juicio reconoció ser el autor del fotomontaje con la imagen de los nueve etarras, un material gráfico que fue enviado además a la imprenta desde su dirección de correo electrónico.
La Sección Segunda de lo Penal también considera probada la responsabilidad del concejal de ANV “pese a las evasivas respuestas dadas a lo largo del interrogatorio”, en las que pretendió “derivar hacia otros esa composición del programa a la que sería ajeno, pese a ser el concejal encargado de las fiestas del Ayuntamiento y presidente de la Comisión de Fiestas”.
Durante el juicio, celebrado el pasado 4 de noviembre, Alberdi, que se negó a responder a las preguntas del fiscal, aseguró que el Ayuntamiento “no tuvo nada que ver” con las fotografías de etarras e indicó que la Comisión de Fiestas, de la que era presidente, sólo se encargaba de la parte relativa a los festejos.
“Las evasivas dadas no sirven para eludir su responsabilidad”, señala la sentencia, porque, al ser el concejal de Fiestas, “sólo es posible admitir, no ya que no conociera, sino que no controlara el contenido íntegro del referido programa”.
La sentencia destaca además la declaración prestada en el juicio por el maquetador del programa de fiestas, Carlos Urbina, quien aseguró que antes de mandar el folleto a la imprenta él envió el borrador a la secretaria de Alberdi “para que se le diese el ‘ok’”.
En cuanto al argumento de que la publicación de fotografías de etarras en el programa de fiestas de Guernica se viene produciendo “desde hace años” sin que se haya perseguido, la sentencia señala que ésta no es una cuestión relevante que deban “entrar a analizar”.
Ante la ausencia de antecedentes penales, el tribunal ha decidió imponer a Etayo y Alberdi la pena mínima prevista para el delito, en este caso un año de cárcel. Además, no se impone a los condenados la prohibición de residir en Guernica tras el cumplimiento de la pena, tal y como solicitaba la Fiscalía, ya que esta norma sólo debe ser aplicada “en relación con la protección de la víctima y su entorno ante eventuales peligros que puedan venir del condenado, factores que no se dan en el caso”.

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