DISCAPACIDAD. ACIME CELEBRA QUE LA GUARDIA CIVIL AGILICE EL PROCEDIMIENTO PARA CONCEDER EMPLEOS HONORÍFICOS

La Asociación Española de Militares y Guardias Civiles con Discapacidad (Acime) aplaudió este este jueves la publicación en el Boletín Oficial de la Guardia Civil de la orden que regula la tramitación de las propuestas de concesión de empleo con carácter honorífico en el Instituto Armado.
Según informó Acime, el artículo 20 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil recoge la concesión de empleo con carácter honorífico a guardias civiles fallecidos o retirados atendiendo a los “méritos excepcionales” o “circunstancias especiales” que concurran, siendo el mérito a conceder el inmediatamente superior al que ostente el agente en el momento del fallecimiento o pase a retiro.
La regulación actual introduce la novedad de “iniciar de oficio el expediente de concesión de estos empleos con carácter honorífico al personal fallecido en acto de servicio y los guardias civiles retirados por incapacidad permanente para el servicio, siempre que se haya producido en acto de servicio o como consecuencia del mismo”.
Acime celebró que esta nueva ordenación satisface su demanda de unificar criterios entre la Guardia Civil y las Fuerzas Armadas en materia de ascensos honoríficos, atendiendo a la competencia que tiene conferida el Ministerio de Defensa en materia de ascensos para los miembros del Instituto Armado, según lo establecido en el artículo 9 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, y en el artículo 14 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Estas modificaciones, destaca Acime, prevén “no sólo el inicio del expediente para la concesión del empleo superior con carácter honorífico, sino también su concesión, salvo que exista propuesta motivada en contra”.
El colectivo subrayó que estas novedades son “coherentes” con lo establecido en la Ley de la Carrera Militar, dejando de ser exigible para la concesión de tales empleos a los guardias civiles fallecidos o retirados por incapacidad en acto de servicio, o como consecuencia del mismo, la concurrencia de méritos excepcionales o circunstancias especiales.
No obstante, esto no implica la concesión del ascenso de forma automático, ya que a la Administración le cabe la posibilidad de hacer una propuesta motivada en contra si se encuentran las razones que justifiquen dicha acción.
Por todo ello, Acime trasladó su agradecimiento al Instituto Armado por agilizar el procedimiento para que los agentes retirados por discapacidad adquirida en acto de servicio, o como consecuencia del mismo, tengan la posibilidad de tramitar su ascenso honorífico, “un reconocimiento que, sin duda, contribuye a la reparación moral de aquellos que perdieron parte de su integridad física al servicio de la Guardia Civil".

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