Anticorrupción evita pronunciarse sobre la existencia de un marco legal estatal para las ayudas de los ERE

  • La Fiscalía Anticorrupción ha evitado pronunciarse, tal y como habían solicitado una decena de imputados en el caso de los ERE fraudulentos, sobre la existencia de un marco legal estatal que otorgaba a la Junta de Andalucía la competencia para conceder las ayudas sociolaborales investigadas en este procedimiento.
EUROPA PRESS

En un escrito, consultado por Europa Press, el Ministerio Público considera que "no procede hacer pronunciamiento alguno" en el seno de la causa matriz de los ERE sobre la aplicabilidad de la Orden Ministerial de 5 de abril de 1995 porque "ha sido ya objeto de valoración judicial" en otras piezas como la relativa a Surcolor.

Al hilo de ello, la Fiscalía explica que "la simultaneidad de ayudas concedidas por la Junta" al amparo de las órdenes ministeriales de 1994 y 1995 "con otras de las denominadas ayudas sociolaborales con cargo a los programas 22 E y 31 L son elementos que integran el objeto de instrucción en previas separadas de las presentes actuaciones como causa matriz".

En este sentido, insiste en que "no cabe que las partes interesen un pronunciamiento expreso en los términos que se solicita", añadiendo que dicho pronunciamiento "puede ser instado a acordar un sobreseimiento por entender que los hechos no son delictivos", lo que "al parecer es lo que se pretende por el solicitante y referidos a la totalidad de las ayudas objeto de investigación", pero "no a realizar una valoración aislada de uno de los elementos que integran la imputación".

Ello, según añade el Ministerio Público, "deberá realizarse particularmente en cada pieza separada una vez firme la decisión de partición acordada por la magistrada".

LA PETICIÓN

En noviembre de 2016, una decena de imputados en el caso de los ERE fraudulentos elevaron un escrito a la juez María Núñez Bolaños en el que le reclamaban una revisión "profunda" de los "cimientos jurídicos" en que "se asienta el edificio procesal construido con esta causa", desvelando en este sentido un Real Decreto de 1984 que otorga a la Junta la competencia para conceder las ayudas sociolaborales investigadas.

El escrito está suscrito por el ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, el exparlamentario del PSOE Ramón Díaz, el exgerente de Mercasevilla Fernando Mellet o el abogado Carlos Leal, quienes defienden, en este sentido, que sería la Orden Ministerial de 1995 la que regularía la concesión de dichas ayudas.

Los investigados referidos aluden así al Real Decreto 1035/1984, de 9 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ERE, para concluir que la región andaluza "tiene plena competencia para la gestión y abono con su propio presupuesto de las ayudas sociolaborales que se discuten en el presente procedimiento".

"Esta disposición nunca ha sido citada en el presente procedimiento, lo que es chocante, dado que con la misma se hubiera evitado casi toda esta instrucción", lamentan los firmantes del escrito, añadiendo que tal distribución competencial y delegación de competencias "no es privativa de Andalucía", ya que el resto de comunidades autónomas "tienen las mismas competencias de gasto".

"DAÑO"

Los investigados referidos lamentan el "daño" que el caso "ha hecho a tantas personas y entidades" y opinan que, "por un mínimo de sensibilidad jurídica, no puede seguir siendo construido sin dar una respuesta adecuada, y en Derecho, sin subterfugios ni cautelas que no obedezcan a la aplicación estricta de la ley".

En este sentido, reclaman a la juez que se pronuncie sobre la "aplicabilidad" de la Orden de 1995 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a las ayudas sociolaborales investigadas, "estableciendo si dicha Orden constituye el marco legal adecuado en el que se desenvuelven dichas ayudas".

"De ser cierta la tesis que mantenemos acerca de la aplicabilidad de la normativa analizada a las ayudas sociolaborales concedidas por la Junta", solicitan que "tal corrección afecte de modo positivo al contenido de la imputación" efectuada a todos ellos "y a todos cuantos se hayan en su situación procesal".

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