CATALUÑA. COBRA FUERZA EN EL GOBIERNO LA APLICACIÓN DEL 155 TRAS EL 1-O

El Gobierno ve cada vez menos descartable que el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, declare unilateralmente la independencia tras el 1 de octubre, fecha anunciada para la celebración del referéndum de autodeterminación. Entonces, considera que la aplicación del artículo 155 de la Constitución española sería la respuesta “proporcional”.
Fuentes de la dirección del Partido Popular se inclinan por que ésta será la respuesta del Gobierno si finalmente Puigdemont decide convocar tras el 1-O un Pleno en 48 horas para declarar la independencia unilateral de Cataluña, un escenario que cada vez consideran más factible dado el cariz que están tomando los acontecimientos.
Para el gabinete de Mariano Rajoy, la aplicación del 155 cobraría peso si esta declaración de independencia se hace de acuerdo a una resolución del Parlamento autonómico. En el caso de que sea un mensaje político dentro de la “escenificación” de Puigdemont, creen que se podría evitar llegar a este extremo y optar por el 155 de manera gradual y no llegar a la suspensión de la autonomía.
En todo caso, fuentes gubernamentales ponen el foco en que “lo fundamental” es que “nadie” va a reconocer esa posible declaración de independencia por parte de Puigdemont y recalcan que el Gobierno seguirá aplicando la ley con todos los instrumentos del Estado de Derecho, “que son muchos”, para frenar el desafío secesionista.
CUMPLIMIENTO "FORZOSO" DE LAS OBLIGACIONES
El artículo 155 de la Carta Magna recoge que si una autonomía no cumpliera con las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuara de forma que “atente gravemente al interés general de España”, el Gobierno podrá adoptar “las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general”.
También reseña que el Gobierno tendrá que hacer un “previo requerimiento” al presidente autonómico y, en el caso de no ser atendido, podrá aplicarlo con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, donde el PP cuenta con 147 parlamentarios. Para la ejecución de las medidas previstas, el Gobierno “podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las comunidades autónomas”.
En este momento, en el Gobierno y en el PP dan por “desarbolado” logísticamente el propio 1-O, más aún tras las detenciones al núcleo duro de colaboradores del referéndum y la incautación de casi 10 millones de papeletas. Además, alertan de que la Justicia puede seguir actuando la próxima semana para que el referéndum no se celebre como tal.
Sin embargo, son conscientes de que el 1-O puede haber urnas y, en ese caso, los Mossos d’Esquadra tendrían que intervenir y, según las fuentes consultadas, en el caso de que hubiese indicios de que prevarican en su actuación pese a tener motivos para frenar la consulta, el Gobierno se inclinaría por la Ley de Seguridad Nacional en aras a reprimir la sedición.
RETIRAR LAS URNAS
Fuentes judiciales explicaron a Servimedia que la retirada de las urnas podría producirse por diferentes vías. La primera, que los Mossos, como policía judicial que son, procedieran a evitar la comisión de un delito cuando conozcan la existencia de un lugar de votación. Además, esta opción va unida a que reciban cualquier instrucción general de la Fiscalía catalana, como ya existe, recordando que está prohibido el referéndum y pidiendo expresamente la retirada de las urnas de las que se tengan conocimiento.
Esta vía sería la más fácil de aplicar, pues también inmiscuye a toda la policía judicial en Cataluña, es decir, tanto a Mossos como a Guardia Civil. En último término, también podría ocurrir que cada juez de los partidos judiciales que hay en Cataluña (49) emitiera orden prohibiendo la votación y ordenando la retirada de las urnas.
La Ley de Seguridad Nacional ampara la acción del Estado dirigida a “proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales” y dice que la situación de interés para su aplicación se declarará por el presidente del Gobierno mediante real decreto.
La declaración para aplicar esta ley deberá incluir la definición de la crisis, el ámbito geográfico del territorio afectado, la duración y la posible prórroga, el nombramiento de una autoridad funcional, la determinación de sus competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan y la de los recursos humanos y materiales necesarios para afrontar la situación.
En cualquier caso, a una semana del 1-O, la estrategia del Gobierno sigue siendo apelar a la rectificación para, en palabras de Rajoy, “evitar” estos “males mayores”. Además, desde Moncloa urgen a una convocatoria de elecciones anticipadas para que la ciudadanía pueda elegir en “urnas de verdad” su futuro político y, a partir de ahí, retomar el diálogo sobre los “verdaderos problemas” de los catalanes.

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