CATALUÑA. EL SUPREMO RECHAZA LA SUSPENSIÓN URGENTE DE LOS ACUERDOS DE HACIENDA PARA INTERVENIR LAS CUENTAS DE CATALUÑA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado suspender las dos órdenes del Ministerio de Hacienda que en la práctica suponen la intervención de las cuentas de Cataluña y que había sido solicitada como medida cautelarísima por Podemos.
Unidos Podemos presentó su recurso el martes pasado solicitando la suspensión como medida cautelarísima, lo que obliga al Supremo a pronunciarse de manera urgenet en 48 horas sin necesidad de dar audiencia previa a las partes.
La formación que dirige Pablo Iglesias ha hecho con este recurso lo que no hizo la Generalitat la pasada semana, al presentar también un recurso en el que no planteaba esa suspensión cautelarísima y que, por tanto, está pendiente de la recepción en el plazo de 10 días de las alegaciones de la Abogacía del Estado.
Podemos entiende que con esas dos órdenes se ha intervenido "de facto" el autogobierno catalán, tanto por el control de las cuentas mediante la orden del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, por la que se declaró la no disponibilidad presupuestaria, como por la coordinación de los Mossos bajo el mando del Ministerio de Interior en lo que se refiere a las actuaciones para impedir la celebración del 1 de octubre.
En un auto, notificado este miércoles, la Sala considera que no se han acreditado las circunstancias de especial urgencia exigidas por la ley para adoptar una medida de este tipo (sin oír a las partes y en 48 horas), y menos aún las situaciones irreversibles alegadas por esta formación política.
El tribunal recuerda que la comunidad autónoma a la que afectan las órdenes impugnadas ha interpuesto sendos recursos contra ellas y en ninguno de ellos ha solicitado la suspensión por la vía de urgencia.
Por tanto, aunque rechaza la cautelarísima, la Sala acuerda que se tramite como una petición de medidas cautelares ordinarias con audiencia de las partes, al igual que ocurrió con el recurso de la Generalitat.

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