El Supremo da el primer paso para sentar en el banquillo a Homs por la consulta del 9-N

El Supremo da el primer paso para sentar en el banquillo a Homs por la consulta del 9-N
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EUROPA PRESS
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El Tribunal Supremo ha puesto fin a la instrucción de la causa en la que investiga al actual diputado y exconseller de Presidencia de la Generalitat de Cataluña Francesc Homs en relación con la consulta del 9-N, en la que se le imputan delitos de prevaricación y desobediencia, al entender que actuó de forma "arbitraria" y contraria a derecho al desobedecer la suspensión del Tribunal Constitucional.

El magistrado de la Sala II Andrés Palomo del Arco ha dictado auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado y apunta en un auto de 33 folios que Homs no solo no suspendió sino que "potenció" el proceso participativo en Cataluña que culminó con la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014 prohibida días antes por el TC.

"No suspendió ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta ni siquiera los que dependía directamente del Departament de la Presidencia, del que era titular, a pesar de ser consciente de la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional y la consecuente inviabilidad de su celebración", apunta el auto.

Para el magistrado, la conducta de Homs fue "arbitraria", "injusta" y contraria "absolutamente" a la Constitución y añade que el que fuera conseller de Presidencia hizo prevalecer su voluntad propia "con desprecio deliberado" de la resolución del Tribunal Constitucional.

El Ministerio Público, que ejerce la única acusación en el proceso, ya expuso que Homs tuvo un papel de indudable relevancia en la preparación de la convocatoria y basó su acusación en la existencia de una carta en la que respondía a la empresa contratada para diseñar los programas informáticos para las votaciones."PLENA CONCIENCIA DE ILICITUD"

Respecto a este punto el alto tribunal incide en que Homs "tenía plena conciencia de la ilicitud" de su conducta puesto que indicó al Centro de Telecomunicaciones y Tecnología de Cataluña (CTTI) que su actividad no estaba afectada por la suspensión acordada por unanimidad por el Pleno del Tribunal Constitucional.

El magistrado se hace eco en su auto de la citada carta además del encargo que se hizo al CTTI de crear un registro de inscripción de acceso público, de los servicios prestados de una mercantil que insertó en los medios de comunicación contenidos de la campaña del 9-N y de la contratación de un pabellón del Montjuïc para facilitar los resultados de la consulta. Todo ello con un importe facturado de cerca de 1,1 millones de euros.

El actual portavoz de Democracia y Libertad en el Congreso, Francesc Homs, prestó declaración en el Supremo el pasado 19 de septiembre hasta donde llegó arropado por la cúpula de su partido, entre los que destacó el expresident de la Generalitat Artur Mas. A su salida acusó al alto tribunal de "actuar de forma gregaria a los intereses de la Fiscalía" y aseguró que se le estaba sometiendo a un juicio "estrictamente político" con una sentencia ya dictada.

Tras poner fin a la instrucción de la causa, el magistrado de la Sala II da un plazo de diez días a la Fiscalía para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o bien el sobreseimiento de las actuaciones. El auto puede recurrirse en un plazo de cinco días ante la Sala de Lo Penal del Supremo.

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