Jiménez de parga insta al gobierno a recurrir al tc la declaración de soberanía catalana


El expresidente del Tribunal Constitucional Manuel Jiménez de Parga ha instado al Gobierno a recurrir al TC la declaración de soberanía que este miércoles 23 aprobará previsiblemente el Parlamento catalán, independientemente de que tenga valor jurídico o no, pues el artículo 161.2 le capacita para hacerlo.
Jiménez de Parga contradijo así, en declaraciones a Servimedia, la posición que el martes reiteró la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en una entrevista en Antena 3. Sáenz de Santamaría dijo que la declaración se impugnaría si tuviera valor jurídico, pero no si sólo fuera de carácter político.
En este sentido, el expresidente del TC recordó que el artículo 161.2 de la Carta Magna señala que "el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas”, independientemente de que tengan trascendencia jurídica o no.
Para Jiménez de Parga, "el Gobierno tiene que reaccionar inmediatamente si se aprueba en el Parlamento catalán una declaración o resolución en la que se afirme que el pueblo catalán es titular de la soberanía. Un camino suave lo diseña el artículo 161.2 de la Constitución, y otro más severo es el señalado en el 155", el que permite al Gobierno suspender la autonomía de las comunidades.
En cualquier caso, continuó, "lo importante es destacar que en este asunto no caben redacciones sutiles, equívocas. Si se atenta contra los fundamentos de la Constitución y se atenta gravemente al interés general de España, el Gobierno no puede quedar inmóvil".
Este diagnóstico no cambiaría aunque CiU y ERC mitiguen las referencias a la independencia o al Estado propio para concitar apoyos en partidos no independentistas pero favorables al llamado derecho de decisión.
No lo haría porque el expresidente del TC puntualiza que la aserción de que “el pueblo de Cataluña tiene carácter de sujeto político y jurídico soberano”, va directamente contra el artículo 1.2 de la Constitución, donde se establece que “la soberanía nacional reside en el pueblo español”.
En este sentido, no cabría concebir un pueblo catalán soberano distinto del español, porque el artículo 2 es "claro y terminante" y establece que “la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”.
Ante el posible conflicto entre legalidad constitucional y legitimidad democrática, Jiménez de Parga se pronunció con un rotundo símil: "Si en un Parlamento se acuerda que resulte lícito matar a un vecino, la forma de expresarlo no cambia la ilicitud del crimen aprobado. Negar la indisoluble unidad de la nación española es un crimen político, se diga como se diga".

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