Las claves de la nueva Ley anti-okupas: más dura y con el foco en las mafias

  • El objetivo inicial del procedimiento es "frenar la ocupación ilegal de inmuebles" por parte de las mafias, según apuntan desde el PDeCat. 
Varios 'okupas', en la casa tomada en Tres Peces
Varios 'okupas', en la casa tomada en Tres Peces
EFE

La nueva proposición de ley anti-okupas llega al Congreso de los Diputados este martes después de que el PDeCat propusiese nuevas medidas para evitar la ocupación ilegal de viviendas. La Comisión de Justicia de la cámara dará luz verde para su tramitación en el Senado, ya que se prevé que sea apoyada por PP, PSOE, PNV, Ciudadanos y el PDeCat. Solo se mostrarían en contra Unidos Podemos y ERC, que no ha participado en la discusión de las enmiendas. 

El pleno del Congreso acordó tramitar esta iniciativa en marzo de 2017, pero no se ha materializado hasta ahora. A falta de concretar las medidas, lo que pretendía ser una nueva norma se ha convertido en una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil en sus páginas sobre la "ocupación de inmuebles", según afirman desde la cámara. 

El objetivo de la iniciativa es "combatir que las mafias organicen okupaciones ilegales de viviendas, aprovechándose del vacío legal actual para extorsionar al pequeño propietario que quiere recuperar su piso", afirman desde el PDeCat en el Congreso. Pero, ¿cuáles son las claves de la reforma de la Ley de Enjuciamiento Civil

1. La modificación afectará a las viviendas cuya titularidad sea de una persona física, una entidad sin ánimo de lucro o fondos de inversión que tengan como fin el alquiler social de los inmuebles. De este modo, la nueva norma continuaría sin afectar a las viviendas propiedad de entidades bancarias o fondos de inversión al uso. 

2. Los servicios sociales no serán incluidos en el procedimiento de oficio. Los interesados tendrán que aceptar su participación en el proceso para que tomen parte. Además, no se garantiza una alternativa habitacional para los afectados. Hasta ahora, este opción era decisión de los servicios sociales de acuerdo a cada caso en particular, sin existir una norma común para todos los procesos. 

3. La nueva modificación de la norma tampoco incluye medidas concretas para afrontar los casos en los que se encuentren inmersas personas en situación de especial vulnerabilidad. Dentro de este colectivo se enmarcan las personas que reciben la Renta Mínima de Inserción o que no pueden acceder a este tipo de prestaciones, los jóvenes mayores de 18 años y menores de 30 que proceden de algún tipo de institución de menores, drogodependientes, internos de centros penitenciarios o familias que, de acuerdo con lo establecido por los trabajadores sociales, tengan esta situación. Del mismo modo, también lo son aquellos procedentes de centros de alojamiento preventivo o servicios de prevención o inserción social. 

4. Los protocolos de vivienda se deberán establecer de forma individual de acuerdo a cada Comunidad Autónoma. Se creará así un registro de viviendas sociales para atender a familias en 'riesgo de exclusión social'. 

5. Las sentencias llegarán antes. Las autoridades exigirán a los ocupantes del inmueble que justifiquen la titularidad del mismo. En caso de no aportarse tal documentación, el tribunal ordenará mediante un auto la "inmediata entrega de la posesión de la vivienda". La novedad en este punto es que no será necesario que trascurra el plazo de 20 días, hasta ahora obligatorio, para la ejecución. 

El PDeCat en el Congreso ha afirmado que la medida no se podrá aplicar a aquellas personas que se encuentren en situación de impago de hipoteca o alquiler. Del mismo modo, los grandes propietarios de fincas, como los bancos, no podrán acogerse a la modificación de esta normativa y continuarán rigiéndose por la norma hasta ahora vigente. 

Mostrar comentarios