Caso Popular: golpe del juez Andreu a la estrategia de defensa del Santander

  • Legitima a los perjudicados para que se personen como acusación en toda la investigación, no solo en la parte relativa a la falsedad de mercado
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FUENTE - Archivo

El magistrado de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha respondido al Banco Santander que la causa del Popular “sigue siendo una”, anticipando de esta manera su negativa a dividir a los querellantes por piezas, en función de si adquirieron o no acciones en la ampliación de capital de 2016.

En un auto al que ha tenido acceso La Información, el juez aclara que las personaciones como acusaciones particulares de personas físicas y jurídicas se dirigen al procedimiento genérico y no a cada una de sus dos partes separadas, de manera que no cabe establecer distinciones, por lo menos no en este momento de la investigación.

De esta forma, el magistrado que ya instruyó el caso 'Bankia' desestima un recurso interpuesto por el Santander contra la personación en la causa general de decenas de perjudicados y les legitima para acceder a la misma, ya sea a título individual o mediante sociedades. Se trata de garantizar su derecho a la tutela judicial efectiva.

Para fundamentar su postura, el magistrado recuerda que cuando abrió diligencias, en noviembre del año pasado, creó dos piezas separadas “a fin de facilitar la instrucción”, pero todas ellas integran el mismo procedimiento.

En la primera se investiga si el folleto sobre el que se asentó la ampliación de capital de 2016 por valor de 2.505 millones de euros ofrecía la imagen fiel de la entidad o por el contrario estaba manipulada, mientras que la segunda ahonda en la campaña de desprestigio del Popular a través de noticias falsas que hicieron caer el valor de la cotización de sus acciones.

Jaque a la estrategia del Santander

Así pues, el juez responde que se personan en la pieza principal –y no solo en la que se investiga presunta falsedad de mercado- “tanto los ofendidos como los perjudicados” por el derrumbe de la entidad y todo pese al esfuerzo del Santander por marcar la diferencia entre las dos piezas, a su juicio, completamente diferentes la una de la otra.

Para el juez no cabe distinguir entre quienes participaron en la ampliación de 2016 y quienes no, sino si los hechos que se investigan en esta causa y que son constitutivos de delito societario y delito relativo al mercado y los consumidores, han causado un perjuicio a los clientes del banco extinto.

De esta forma rompe con la estrategia de defensa del Santander que pretende que los querellantes queden acotados exclusivamente en la pieza en la que se investiga al último presidente del Popular antes de su quiebra, Emilio Saracho, ante la probabilidad de que esta pata de la causa acabe archivada al término de la investigación.

En cualquier caso, el juez aguarda el resultado de los informes encargados a los peritos del Banco de España para que determinen, no solo se si cometieron irregularidades en la ampliación de capital, sino si la estimación de las pérdidas que ocasionó la operativa ascienden a 2.000 millones de euros y si las cuentas de los ejercicios 2015 y 2016 se efectuaron de acuerdo a la normativa contable.

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