¿A qué pena se enfrentaría el presunto autor del atropello de la joven en Madrid?

  • En el margen punitivo se puede aumentar la pena teniendo en cuenta la nula colaboración o rectificación del autor del delito.
Fotografía de la M-117.
Fotografía de la M-117.
Google Maps.

Este lunes aparecía el cadáver de una joven de 17 años en una cuneta de la carretera M-117, en la localidad madrileña de Fuente el Saz del Jarama, con lesiones compatibles con un atropello. Un conductor que circulaba por esa carretera, a la altura del kilómetro 3,800, fue quien avisó al 112 tras ver el cuerpo.

La joven presentaba lesiones compatibles con un atropello, con politraumatismos y heridas muy graves y, a pesar de que el conductor relató que parecía aún con vida, los sanitarios del Summa solo pudieron certificar su fallecimiento.

24 horas después, la Policía Nacional anunciaba la detención en el aeropuerto madrileño de Barajas y dentro ya de un avión a punto de partir a Argentina a un hombre de nacionalidad paraguaya como presunto autor del atropello mortal de una joven de 17 años.

Su arresto ha sido posible gracias a la colaboración ciudadana de un vecino de Pozuelo de Alarcón que facilitó información sobre esta persona como posible autora del atropello mortal, y posterior huida, a la altura del kilómetro 3,800 de la carretera M-117. El abogado de Legálitas, Manuel Marchena, nos da todas las claves legales de este caso.

¿A qué delitos se puede enfrentar por darse a la fuga?

Por el hecho en sí de darse a la fuga se enfrenta a un Delito de omisión del deber de socorro art 195.3 del C.P con una pena de prisión de 6 meses hasta 4 años.

Si no se hubiera fugado, ¿Cuál hubiera sido el delito por un atren el margen punitivo se puede aumentar la pena teniendo en cuenta la nula colaboración o rectificación del autor del delito.opello accidental?

Si se produce una imprudencia grave viene contemplado en el art 142.1 C.P sería un delito de homicidio por imprudencia grave. lleva aparejado la pena de prisión de 1 a 4 años y privacion del permiso conducir de 1 a 6 años.

Si se produce por imprudencia menos grave viene contemplado en el art 142.2 del C.P sería un delito de homicidio por imprudencia. Lleva aparejado la pena de multa de 3 a 18 meses y privación del permiso de conducir de 3 a 18 meses.

Corresponde al juez instructor durante la fase de diligencias previas valorar el grado de la imprudencia. Lo hace a través de las declaraciones de los testigos, del investigado, de los médicos forenses, peritos e informes de la Policía.

Los testigos del accidente, ¿tiene la obligación de informar del delito?

Cualquier testigo que presencia la comisión de un delito tiene la obligación de colaborar con la justicia.

Que la hayan pillado en el avión para abandonar el país, ¿Puede aumentar el delito?

No lo aumenta como tal, como agravante, si bien es cierto que en el margen punitivo se puede aumentar la pena teniendo en cuenta la nula colaboración o rectificación del autor del delito.

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