Conciliación laboral

Cómo conciliar en vacaciones: medidas que pueden solicitar padres y madres

Las excedencias y las reducciones o las adaptaciones de la jornada son algunos de los mecanismos a los que pueden optar los trabajadores para favorecer la conciliación laboral durante el verano.

Fotografía de una familia de vacaciones.
Fotografía de una familia de vacaciones.
Pixabay.

Ya está aquí agosto, el mes estrella del verano en el que, pese a ser temporada alta en lo que a turismo se refiere, muchas familias aprovechan para irse de vacaciones. La mayoría lo hacen por cuestiones laborales, visto que hasta el octavo mes del año muchas fábricas o empresas continúan con la producción a pleno rendimiento. 

Sin embargo, los niños llevan ya dos largos meses de vacaciones y les queda por delante casi uno y medio. Las vacaciones de los progenitores no cubren, ni por asomo, este largo periodo de parón estival en las actividades infantiles. Muchos niños han disfrutado de colonias y otras opciones similares durante lo que va de verano, pero ¿cómo pueden los padres conciliar entre trabajo y las vacaciones de los niños durante el verano? 

Los sindicatos recuerdan que existen diversos métodos para la conciliación laboral a los que se puede acoger. Unión Sindical Obrera señala tres: adaptación de la duración y distribución de la jornada (sin reducción de salario), reducción de jornada (reduciendo la parte proporcional del salario) o excedencia por cuidado de hijos (que implica no percibir salario).

Adaptación de la jornada laboral

Los trabajadores con hijos de hasta 12 años tienen derecho a solicitar esta medida, que contempla la ordenación del tiempo de trabajo y la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia. Para solicitar estas adaptaciones no es necesario reducir la jornada de trabajo. Las normas que regulan esta medida se recogen en el Estatuto de los Trabajadores, según las cuales la persona trabajadora tendrá derecho a solicitar el regreso a su jornada o modalidad contractual anterior una vez concluido el periodo acordado de conciliación. 

Reducción de jornada laboral por cuidado de un menor

La persona trabajadora que tenga a su cuidado directo un menor de 12 años tiene derecho a una reducción de la jornada diaria entre un octavo hasta la mitad de la que sea su jornada laboral ordinaria, con la pertinente reducción proporcional de salario. Está regulado en el artículo 37 del Estatuto y los convenios colectivos podrían a su vez establecer criterios para la concreción horaria de esta reducción de jornada.

Excedencias por cuidado de hijos

Según el artículo 46 del Estatuto, las personas trabajadoras "tendrán derecho a un periodo de excedencia no superior a tres años de duración para atender al cuidado" del menor o menores a cargo. Esta excedencia puede disfrutarse de manera fraccionada, siendo un derecho individual, y durante el primer año la empresa deberá reservar el mismo puesto de trabajo de cara a la reincorporación. En el caso de exceder el año, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

Extra: Plan 'Me cuida'

De manera excepcional, los trabajadores y trabajadoras se pueden acoger al Plan Me Cuida, que se prorrogó por quinta vez consecutiva en mayo de este año y que estará operativo hasta el próximo 30 de septiembre. Forma parte de las medidas adoptadas por el Gobierno para tratar de mejorar la conciliación laboral y familiar en el contexto de la pandemia.

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