Cómo despedir a un trabajador indefinido

  • La empresa puede rescindir del contrato si la situación económica es poco favorable

Faltas reiteradas, agresiones, acoso, embriaguez... Son algunas de las causas principales de despido procedente. Sin embargo, en muchos de estos casos, es el juez el que debe decidir si se cumplen los requisitos para acogerse a estas extinciones de contrato. El trabajador tiene el derecho de reclamar a una instancia judicial si considera que su despido no se ha efectuado acorde a la legislación. En este practicograma descubrirás cómo despedir a un trabajador indefinido legalmente.

1 Dos tipos de despidos diferentes.

Impagos, modificaciones sustanciales en el contrato o incumplimiento de las obligaciones del empresario son los principales motivos que pueden llevar al trabajador a exigir la extinción de sus contratos. De la misma manera, el propietario de la compañía puede poner fin a un contrato -incluso si es indefinido- cuando se producen las condiciones recogidas por ley.

Existen diferentes causas que justifican los despidos: disciplinarias y objetivas. Las primeras responden a incumplimientos graves del empleado -competencia desleal, insultos, ausencias etc.- y las segundas obedecen más a motivos de índole económica.

2 La indemnización depende de la modalidad de despido.

"Cuando un despido se produce por causas disciplinarias, el trabajador no tiene derecho a indemnización alguna", asegura Pilar López, de AGM Abogados. La experta explica que cuando un empresario se acoge a estos motivos, contemplados en la ley, no tiene por qué pagar para despedir a su empleado.

Eso sí, el trabajador puede impugnar el despido y solicitar a un juez que resuelva el caso. Si, finalmente, la Justicia determina que el empresario no se ha acogido correctamente a la Ley, la extinción del contrato se declara "improcedente" y, en estos casos, sí se debe pagar indemnización: 45 días por año en contratos anteriores a l2 de febrero de 2012 y 33 días por año en los posteriores.

En los despidos por causas objetivas siempre procede una indemnización ya que el empresario reconoce que el empleado no ha incumplido con sus labores pero, por motivos económicos o técnicos, decide prescindir de él. "En estos casos, la indemnización es de 20 días por año trabajado", aclara la experta en Derecho Laboral.

3 Las causas del despido disciplinario.

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores desgrana las causas por las que el empresario puede despedir de forma procedente a sus trabajadores. Se trata de incumplimientos graves y culpables por parte del trabajador:

- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.

- La indisciplina o desobediencia.

- Las ofensas verbales o físicas.

- Abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento.

- La embriaguez habitual o toxicomanía.

- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.

4 ¿Cómo se justifica el despido disciplinario?

El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos. La pregunta es, si el trabajador impugna el despido ¿cómo se pueden demostrar las faltas del empleado?

"La mejor opción es siempre dejar constancia de todo vía mail, carta o burofax", recomienda la abogada Pilar López. Según cuenta, ningún juez aceptará el despido de un trabajador que lleva un año llegando tarde al trabajo si el empresario no le ha dado ningún aviso previo. "Si no se da ninguna advertencia es como si le estuviera dando permiso", remarca.

En este sentido, López aconseja "dejar siempre constancia" de las faltas del trabajador. Como añadido, los convenios colectivos de cada sector suelen regular el tipo de faltas -graves, moderadas y leves- que existen.

5 Motivos económicos, la principal causa de despido objetivo.

A su vez, los artículos 51 y 52 del Estatuto del Trabajador regulan los despidos por causas objetivos que son, principalmente:

- Por ineptitud del trabajador sobrevenida.

- Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas en su puesto.

- Por faltas de asistencia al trabajo, justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos.

- Por causas económicas.

En el apartado de causas económicas se incluyen tanto motivos técnicos, como productivos, organizacionales y monetarios. Por tanto, el motivo de despido podría ser que los resultados de la empresa encuentren cifras negativas, que la cadena demanda de los productos se haya disminuido o que, se decida externalizar un servicio para ahorrar costes. En cualquier caso, estos despidos siempre conllevan indemnización.

6 El juez decidirá si el despido es procedente o no.

Todo trabajador tiene el derecho de reclamar ante la autoridad competente y solicitar una indemnización por despido. "Incluso los que han sido despedidos por causas objetivas pueden ir al juez y comunicar que ha sido improcedente si así lo consideran", comentan desde AGM Abogados.

En cualquier caso, es el juez el que estudiará cada caso para resolver el despido como procedente o no. También se puede dar el caso en el que la empresa, en un acto de conciliación, decida pagar la indemnización y evitar así el proceso judicial. De un modo u otro, en caso de duda, es la Justicia la que analiza el contexto de cada disputa.

Mostrar comentarios