Tasa anual obligatoria

Cómo saber si estoy pagando el impuesto de circulación (y la multa por no hacerlo)

Fotografía de archivo: hombre conduciendo
Fotografía de archivo: hombre conduciendo

Entre los múltiples gastos que supone tener un coche en propiedad se encuentra el impuesto de circulación. Comúnmente conocido como 'el numerito del coche' y dicho de una manera formal es el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (ITVM). 

Se trata de un impuesto obligatorio, que se paga una vez al año durante toda la vida útil del vehículo. Al ser anual, quizás sea algo fácil olvidarse de abonar la tasa, por lo que son muchos conductores los que tienen dudas sobre el pago e incluso, no saben si ya lo han pagado, etc. 

¿Es lo mismo que el impuesto de matriculación? 

No. El impuesto de matriculación y de circulación son dos cosas completamente distintas, pero que suelen inducir a error. 

La diferencia es, básicamente, que el de matriculación solo se abona una vez que es cuando se compra un vehículo nuevo. Por tanto, en el momento de adquirirlo, será la única vez en la que se abonen las dos tasas, la de matriculación y la de circulación. La primera no tendrás que volver a pagarla, la segunda sí. 

Quién paga el impuesto de circulación 

La obligación del impuesto de circulación la tiene el titular del vehículo, ya sea una persona física o jurídica. Vale, pero ¿cómo sé exactamente quién es esa persona? Se puede comprobar fácilmente en el permiso de circulación. 

Qué pasa si mi coche es de segunda mano

Al comprar un coche de segunda mano es el vendedor quien debe aportar el justificante de pago de este impuesto. Así, al cambiar el titular, el comprador tendrá que empezar a pagarlo el año siguiente. 

¿Y si me han robado el coche? 

El periodo impositivo coincide con el año natural. Pero la cuota se prorrateará en los supuestos de baja temporal por sustracción o robo del vehículo, desde el momento en que se produzca dicha baja temporal en el Registro público. 

Cómo y dónde pagar el impuesto de circulación 

El plazo para abonarle es desde el 1 de abril del 2020 hasta el 1 de junio de 2020. El trámite se puede realizar por Internet, por teléfono, de forma presencial o mediante domiciliación bancaria. 

- En Internet: hasta las 20 horas del último día de su periodo voluntario. Puede ser mediante tarjeta de crédito, con banca electrónica o con certificado digital. 

- Por teléfono: hasta las 20 horas del último día de su periodo voluntario. Por banca telefónica o a través del teléfono de atención a la ciudadanía 010, mediante tarjeta de crédito o débito. 

- Presencial: en cualquier entidad financiera y bancaria autorizada mediante el documento de registro. 

¿Cuál es el precio del impuesto de circulación?

El impuesto de circulación no tiene un precio fijo. Cada ciudad, tipo de turismo, etc. tiene una tasa distinta. Para saber cuál es el que nos corresponde, hay que acudir a la página web del Ayuntamiento en cuestión. 

Por ejemplo, en el caso de Madrid los turismos tienen el siguiente: 

- Menos de 8 caballos fiscales: 20 euros.

- De 8 a 11,99 caballos fiscales: 59 euros.

- De 12 a 15,99 caballos fiscales: 129 euros.

- De 16 a 19,99 caballos fiscales: 179 euros.

- De 20 caballos fiscales en adelante: 224 euros.

Los caballos fiscales es la unidad de medida que se usa para medir la potencia fiscal. Sirve para el pago de impuesto. La forma de calcularlo se encuentra en el Reglamento General de Vehículos

¿Cuál es la multa si no lo pago? 

No pagar el impuesto de circulación supone una deuda municipal. Esta puede ir acumulándose hasta llegar a ser multa de tráfico. Si se superan los 500 euros, el ayuntamiento puede embargarte tu vehículo. 

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