Aunque llevar el DNI caducado no es motivo de sanción, sí que es necesario renovarlo cada vez que sea pertinente para evitar sufrir incómodos inconvenientes. Por ejemplo, podemos encontrarnos con problemas a la hora de viajar el extranjero (aunque siempre es posible usar el pasaporte en vigor si se dispone de él) o de completar numerosos trámites que requieren que el documento de identidad esté al día.
El DNI se renueva en periodos de 10 años entre los 30 y los 70 años (es decir, cuatro veces), mientras que entre los 5 y los 30 años es necesario actualizarlo en periodos de cada 5 años (un total de cinco veces). Si cada vez que acudimos a las oficinas de la Policía Nacional se pagan 12 euros de cuota por renovar el documento nacional de identidad (es la tarifa actual), se gastan mínimo 108 euros en actualizar el DNI (siempre que no haya que expedir uno nuevo de manera excepcional por pérdida, robo, sustracción...).
Quiénes no pagan la renovación del DNI
Pero hay dos grupos de personas que disfrutan de la exención de pagar esta tasa. El primero de ellos son aquellas personas que formen parte de una familia numerosa y que, consecuentemente, dispongan del carnet de Familia Numerosa o el título, ambos deben estar en vigor. Este es uno de los diversos beneficios de disponer de este carnet, pero es obligatorio cumplir ciertos requisitos para acceder a ellos.
El segundo grupo de personas que podrán renovar el DNI de manera gratuita no lo harán por su condición u otras características. Simplemente, aquellos que tengan que cambiar algún dato del documento de identidad como la dirección de residencia. Si el carnet de identidad se encuentra en vigor y no existiese motivo para sustituirlo, cambiar el domicilio será gratuito y habrá que pagar los 12 euros de tasa hasta que toque renovarlo de nuevo.
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