La validez de los acuerdos no se ve afectada por la ausencia de firma por voluntad del presidente, aunque ciertamente sea una irregularidad.
Cuando cesa en su encomienda, tiene que devolver al mandante –a la comunidad- todos sus papeles, sin excusa ni dilación.
El precepto establece un requisito que no todo el mundo conoce para que dicho pacto de repercusión sea válido: deberá hacerse constar por escrito el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato.
La obligación que impone la Ley de Propiedad Horizontal a todo propietario de contribuir a los gastos generales precisos para atender su sostenimiento es una obligación personal.
Resulta lógico que en el Orden del Día deban incluirse todos los asuntos a tratar, porque solo así los copropietarios pueden conocer cuáles van a ser los temas que se van a someter a debate.
Los vecinos se tendrán que reunir para pactar derramas por los descuadres que ha causado la subida de la luz en los pagos habituales de las cuentas.
En ningún caso se tratará de pedir permiso, siempre que la reforma no afecte a ningún elemento común ni perjudique a ningún otro vecino.
Por Ley, las competencias de la comunidad se limitan a las zonas comunes de los inmuebles y no se extienden al ámbito privado de propiedad de cada vivienda.
Según la Ley: "La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar esta un escrito firmado por el propietario".
La Ley de Propiedad Horizontal dice que es obligación de la comunidad la realización de los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble.
La Ley ya prevé mecanismos de "castigo" frente a este tipo de vecinos, como es la privación del derecho a voto previsto en el artículo 15.2 de la Ley de propiedad Horizontal.
Para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios el conjunto de propietarios podrá fijar normativas de régimen interior que serán de obligación para todos los vecinos.
Estas reuniones, no obstante, pueden celebrarse y pueden llevarse a cabo de forma no presencial sino telemática, con los requisitos que estipula la citada norma.
La Ley de la Propiedad Horizontal permite a las comunidades reclamar estos impagos, para ello reclamar se debe adoptar en una junta la decisión de demandar y aprobar la liquidación de la deuda que resulte.
El Consejo General de Administradores de Fincas realizó en su día una consulta vinculante al respecto de esta cuestión.
Puede considerarse como una intromisión en el ámbito de la vida privada que excede de los aspectos cuya regulación corresponde a la comunidad.
La decisión de arrendar la vivienda del portero requerirá el voto favorable de 3/5 partes de los propietarios que representen las 3/5 partes de las cuotas.
Este tipo de reglamentos se pueden aprobar por simple mayoría en una junta de vecinos, y no es necesario que se llevan al registro o se protocolicen frente al notario.
Este es un tema bastante recurrente en períodos de crisis en los que los propietarios buscan formas de recortar gastos.
Se trata de normas que forman parte del reglamento del régimen interno de la comunidad, cuya finalidad es ordenar la convivencia.
Se trata de un servicio que ya no es un lujo ni puede considerarse algo superfluo, sino que es un servicio que se ha convertido en necesario en muchos ámbitos.
Será necesario ver en qué circunstancias se produjo el incidente y qué pruebas existen al respecto, para responder de acuerdo a lo ocurrido.
La doctrina jurisprudencial tiene dicho que las exigencias normativas deben ser interpretadas de manera flexible cuando se trata de locales comerciales situados en edificios en régimen de propiedad horizontal.
La Ley obliga a la comunidad a realizar los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble.
La lucha tiene varios frentes. El más sencillo –si tenemos la suerte de que funcione- es la denuncia en el ayuntamiento correspondiente.
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