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Alquiler de la azotea del edificio para publicidad, ¿debe aprobarse en junta?

En este caso estaríamos hablando de un arrendamiento de elementos comunes, que es perfectamente posible si no tienen asignado un uso específico.

Edificio residencial.
Edificio residencial.
Imagen de KamranAydinov en Freepik.

Pregunta

  • Nos han propuesto alquilar una parte de la azotea para colocar un rótulo de publicidad, asumiendo la empresa que lo explotará toda la gestión de autorizaciones. ¿Esto lo puede decidir el presidente o cómo hay que tomar el acuerdo en junta?

Estaríamos hablando de un arrendamiento de elementos comunes, que es perfectamente posible si no tienen asignado un uso específico, que es lo que suele pasar con las azoteas (a no ser que haya áticos con derecho a uso, pero suponemos que si así fuera no nos lo estaría usted planteando así). 

Pues bien, tal acuerdo –alquiler de elementos comunes sin uso específico- puede tomarse en junta mediante el acuerdo de las tres quintas partes de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación (es decir, de los coeficientes de propiedad horizontal que tienen asignadas las distintas fincas).

Aunque la empresa les diga que ellos se ocupan de todo, no sobra una consulta en urbanismo para ver qué requisitos y condiciones existen para este tipo de instalación, así como valorar previamente a la instalación qué es lo que se colocará, con qué sistema, y el peso que pueda suponer. También deben exigir un seguro.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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