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Bajé el alquiler a mi inquilino por la crisis: ¿cómo lo declaro en la Renta?

Hay que declarar toda la renta y luego deducir la rebaja como gasto de esos rendimientos de capital inmobiliario.

Alquiler o hipoteca: ¿qué es mejor?
Alquiler o hipoteca: ¿qué es mejor?
Imagen de Freepik.

PREGUNTA

  • Tengo un local heredado de mis padres y alquilado. En la pandemia estuvo la cosa muy complicada para el arrendatario y le bajé a la mitad la renta. ¿No tendré que declarar todo, no?

Como sabe, hacienda no lo pone tan fácil.

Usted tiene que declarar toda la renta y luego deducir la rebaja como gasto de esos rendimientos de capital inmobiliario, siempre y cuando no hayan pactado un mero aplazamiento de parte de la renta, sino su condonación.

O sea, si lo que acordaron es que en esos meses no le pagara más que la mitad y luego le abonara esas diferencias más adelante, entonces no podrá aplicar esta deducción. Tampoco si arrendador y arrendatario están vinculados en sentido societario o son familia. Los requisitos son:

  • Que usted no sea un "gran tenedor inmobiliario"
  • Que el contrato sea un arrendamiento de local o un arrendamiento de industria (o sea, que da igual que lo que alquilara fuera el local o la tienda como tal - no nos queda claro en su consulta, pero no afecta al resultado-)
  • Que en el local se desarrolle una actividad de determinado tipo (entre las que se incluye la de comercio que nos indica).

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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