Nueva ley de vivienda

Los casos en que los caseros pueden subir hasta el 10% el precio del alquiler

El texto, entre otras, facultará a las CCAA para limitar los precios de los alquileres en zonas tensionadas a las personas jurídicas (empresas e instituciones) propietarias de más de diez viviendas.

Vivienda en alquiler, se alquila piso EUROPA PRESS (Foto de ARCHIVO) 15/2/2020
Los casos en que los caseros pueden subir hasta el 10% el precio del alquiler
EUROPA PRESS

Este martes, el Gobierno aprobará en Consejo de Ministros la que será la primera Ley de Vivienda estatal. Un proyecto sobre el que Unidas Podemos y PSOE han estado debatiendo el último año, hasta que finalmente, y como antesala al Proyecto de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), acabaron pactando a principios de este mes. La idea es que hoy se aprueba como anteproyecto de ley y que se envíe al Congreso como 'proyecto de ley' "antes de que termine el año. El texto, entre otras, facultará a las comunidades autónomas para limitar los precios de los alquileres en zonas tensionadas a las personas jurídicas (empresas e instituciones) propietarias de más de diez viviendas.

Este último punto es lo que más controversia ha generado del texto. Y es que las comunidades autónomas podrán declarar un ámbito territorial como zona de mercado residencial tensionado por un periodo de tres años, tras constatar que en esa zona la renta del alquiler supera el 30% de los ingresos medios por hogar y en que en los últimos cinco años ha subido cinco puntos por encima del IPC de esa comunidad. 

Las rentas de las personas jurídicas propietarias de más de diez viviendas en las zonas tensionadas se limitan conforme a un sistema de índices de precios de referencia. Aunque el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) dispone ya de uno, se da un plazo de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la ley para su elaboración, lo que en la práctica supone que la regulación de los alquileres para los grandes tenedores no empezaría a aplicarse esta legislatura.

Subidas del alquiler

Además, al resto de propietarios de esas zonas se les permitirá incrementar los precios hasta un 10% sobre la última renta del contrato anterior en los siguientes casos:

  • Cuando la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 41 del IRPF, que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de la celebración del nuevo contrato de arrendamiento. 
  • Cuando en los dos años anteriores a la fecha de celebración del nuevo contrato de alquiler se hubieran finalizado actuaciones de rehabilitación o mejora de la vivienda en la que se haya acreditado un ahorro de energía primaria no renovable del 30%, a través de sendos certificados de eficiencia energética de la vivienda, uno posterior a la actuación y otro anterior que se hubiese registrado como máximo dos años antes de la fecha de la referida actuación. 
  • Cuando en los dos años anteriores a la fecha de la celebración del nuevo contrato de arrendamiento se hubieran finalizado actuaciones de mejora de la accesibilidad, debidamente acreditadas. 
  • Cuando el contrato de arrendamiento se firme por un periodo de diez o más años o bien, se establezca un derecho de prórroga al que puede acogerse voluntariamente el arrendatario, que le permita de manera potestativa prorrogar el contrato en los mismos términos y condiciones durante un periodo de diez o más años. 
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