Consultorio de vivienda

¿Cómo reclamo una deuda a alguien que ha vendido todos sus bienes?

Dependiendo del momento en que el deudor se haya deshecho de sus bienes para evitar que sean trabados para el cobro de la cantidad reclamada, podríamos estar ante un alzamiento de bienes. 

Una calculadora y euros.
Una calculadora y euros.
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PREGUNTA

  • Acabo de obtener una sentencia a mi favor que me reconoce el cobro de un crédito a cargo del demandado. Cuando mi abogado ha presentado la demanda de ejecución, resulta que este señor ya no tiene nada a su nombre. Me consta que tenía un piso en la playa que ahora resulta estar a nombre de un sobrino. ¿Qué puedo hacer?

Dependiendo del momento en que el deudor –hoy condenado- se haya deshecho de sus bienes para evitar que sean trabados para el cobro de la deuda, podríamos estar ante un alzamiento de bienes, que es un delito penal.

Suponiendo que el cambio de titular hubiera sido anterior a la sentencia, es posible que se trate de un contrato de compraventa simulado que, como tal, puede ser objeto de impugnación ante la jurisdicción civil.

A este respecto, el art. 1261 del Código Civil señala que no hay contrato si no concurren los siguientes requisitos:

  1. Consentimiento de los contratantes
  2. Objeto cierto que sea materia del contrato
  3. Causa de la obligación que se establezca

En un contrato de compraventa, la causa es la entrega del bien a cambio de un precio. Cuando no existe precio, la causa es inexistente, y por tanto es un contrato radicalmente nulo.

En definitiva, si la vivienda ha sido puesta a nombre de un tercero y usted puede acreditar que no ha habido entrega de precio –y seguramente tampoco de la posesión-, será posible obtener la nulidad de la operación por causa de que se trata de un negocio simulado y, por tanto, nulo.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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