Ayuda de 250 euros

Cómo solicitar el bono de alquiler joven en La Rioja: todos los plazos y requisitos

El Gobierno riojano es otra de las comunidades autónomas que han abierto el plazo para presentar la solicitud para adquirir esta ayuda mensual de vivienda para menores de 35 años.

Contrato de alquiler de una vivienda
Contrato de alquiler de una vivienda
©[Kanchanachitkhamma de Getty Images] a través de Canva.com

El Gobierno de La Rioja se ha unido a otras comunidades autónomas como Galicia, Cataluña o Extremadura y el pasado 22 de julio abría el plazo de solicitud del Bono Joven, la ayuda estatal al alquiler de 250 euros al mes para facilitar la emancipación juvenil. En total, esta subvención cuenta con una dotación total de 6,8 millones de euros y se espera que beneficie a unos 1.100 jóvenes en la región, han afirmado la consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Eva Hita, y la directora general de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda, Beatriz Arraiz.

"El Bono de Alquiler Joven facilitará el acceso a la vivienda de los jóvenes y su emancipación. La dotación se repartirá igualitariamente en las anualidades de 2022 y 2023, para impulsar este acceso de las personas jóvenes a la vivienda en alquiler con mayores ayudas para ello. El alquiler constituye actualmente la principal vía de acceso a la vivienda por parte de las personas jóvenes.", destacó la consejera en una rueda de prensa.

A pesar de los meses de retraso, en el momento de la aprobación, la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez Jiménez, destacaba que el pago de este bono tendría un efecto retroactivo desde el 1 de enero. Esto significa que los demandantes recibirán el dinero de estos meses pasados.

Requisitos para La Rioja

Según han indicado en la oficina electrónica de La Rioja, podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas mayores de edad, que además cumplan el resto de requisitos establecidos. Se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 50 % de la renta mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 2.850 € anuales por vivienda.

  • Tener menos de treinta y cinco años en el momento de solicitar la ayuda.
  • Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en calidad de arrendatario. En caso de ser titular del contrato de arrendamiento, mediante la aportación del mismo. En el caso del joven que desee acceder a un arrendamiento de vivienda, el contrato de alquiler deberá aportarse en el plazo de dos meses desde la resolución de concesión de la ayuda, que quedará condicionada a su aportación.
  • Que la vivienda, arrendada o a arrendar, constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario. En el caso de ser titular del contrato de arrendamiento de vivienda, mediante certificado de empadronamiento que acredite, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento. En el caso de personas que deseen acceder a un arrendamiento de vivienda, el citado certificado o volante deberá aportarse en el plazo de dos meses desde la resolución de concesión de la ayuda, que quedará condicionada a su aportación.
  • Que la vivienda objeto del contrato de arrendamiento lo sea por una renta igual o inferior a 475 euros mensuales, incluido garaje y trastero, vinculados o no, y excluidos otros gastos como los de la comunidad de propietarios.
  • Que el esfuerzo económico de la unidad de convivencia para el pago del alquiler consista en destinar más del 25 % de sus ingresos a tal fin. El esfuerzo económico será el porcentaje que supone el importe de la renta anual del alquiler sobre los ingresos de la unidad de convivencia, calculados de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de esta orden.

Las solicitudes del Bono de Alquiler Joven estarán disponibles en la Dirección General de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda, en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Calle Beti Jai de Logroño o en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja en el apartado Oficina electrónica, en el área temática de Vivienda. Asimismo, la presentación de las solicitudes podrán realizarse a través de dos vías. Por un lado, de manera electrónica, desde la página web oficial de la administración y por otro, mediante las oficinas de registro del órgano competente. Las ayudas se abonarán mensualmente, previa presentación del recibo justificativo entre los días 1 al 15 de cada mes, que se podrá presentar telemáticamente a través de la Sede electrónica, y también presencialmente en los lugares señalados. El plazo para poder enviar la documentación y el trámite es desde 22 de julio hasta el 31 de agosto de 2023.

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