Justificar otros ingresos

Requisitos para solicitar el bono joven de alquiler cuando no tienes un trabajo

Aunque tener una fuente regular de ingresos es un requisito imprescindible, la normativa permite que los jóvenes menores de 35 años puedan acceder a la ayuda incluso si no se encuentran activos.

Una vivienda.
Una vivienda.
Imagen de rawpixel.com.

Ya son más de 10 comunidades autónomas las que han abierto el plazo para solicitar el bono joven del alquiler. Se trata de una ayuda a la vivienda para los jóvenes españoles que el Consejo de Ministros aprobó a principios de año con el objetivo de "reducir la emancipación tan insoportablemente alta en nuestro país" y que estaba incluida en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) en vigor desde el 1 de enero.

Pese a su aprobación en enero, las Comunidades Autónomas, que son quienes deben gestionarlo, no lo han puesto en marcha hasta los últimos meses, pero igualmente, según las palabras de la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, el pago del bono tendrá efecto retroactivo desde principios de año. La ayuda en concreto será un cobro mensual de 250 euros para fraguar los gastos asociados al alquiler de una vivienda.

Eso sí, para poder acceder al mismo es necesario cumplir con una serie de requisitos, siendo los básicos tener menos de 35 años, contar con un contrato de alquiler, un contrato laboral o fuente de ingresos estable y que estos no superen en tres veces el IPREM, de 24.318 euros anuales, aunque en algunos casos se estimará en 4 y 5 veces. Sin embargo, este requisito del trabajo no es siempre imprescindible, según lo establecido en el BOE, los ingresos no siempre tienen que proceder de un empleo estable.

Ayudas públicas o formación

Se entenderá que los solicitantes tienen una fuente regular de ingresos, siempre que estén trabajando por cuenta propia o ajena, sean un personal investigador en formación y los perceptores de una prestación social pública de carácter periódico, contributiva o asistencial. 

Eso sí, quienes dispongan de un contrato de trabajo deberán acreditar una vida laboral de, al menos, tres meses de antigüedad, en los seis meses inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, seis meses contados desde el día de su solicitud. En el último caso, justificar los ingresos mediante una ayuda pública, no será necesario acreditar la vida laboral.

Si los jóvenes que quieran acceder al bono joven del alquiler disponen de más de una fuente de ingresos, las rentas computables serán la suma de las rentas derivadas de dichas fuentes. Por supuesto, en ningún caso pueden sobrepasar los límites previstos en función del IPREM.

Cuando la fuente regular de ingresos del solicitante se deba a actividades empresariales, profesionales o artísticas, la acreditación de las rentas se referirá al rendimiento neto de dicha actividad calculado con carácter previo las reducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio, relativa al periodo impositivo anterior con plazo de presentación vencido a la solicitud del Bono Alquiler Joven.

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