Consultorio de vivienda

¿Necesito la autorización judicial de mi ex para poder vender la casa familiar?

Este consentimiento de ambos cónyuges se requiere tanto si el régimen económico del matrimonio es el de gananciales como si es el de separación de bienes o el de partición.

Una vivienda.
Una vivienda.
Imagen de Freepik.

PREGUNTA

  • Hace dos años que nos divorciamos y en sentencia se atribuyó a mi mujer e hijo el uso de la vivienda familiar, de la que soy propietario en exclusiva porque la recibí de mis padres. Me surge la oportunidad de venderla y ella está de acuerdo. De hecho, ya se ha marchado con los niños a otra casa. ¿Necesito que ella dé su consentimiento o algo?

Sí, usted va a necesitar que su esposa comparezca en la venta para dar su consentimiento expreso a la venta. El artículo 1320 del Código Civil dice que "Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno solo de los cónyuges, se requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial". 

Este consentimiento de ambos cónyuges se requiere tanto si el régimen económico del matrimonio es el de gananciales como si es el de separación de bienes o el de partición. La razón de esta limitación a la disposición de la vivienda familiar radica en salvaguardar la vivienda que constituye la morada de la familia.

En caso de no contar con ese consentimiento, la venta podría ser anulada si así lo exigiera su esposa, con los perjuicios que ello podría ocasionarle tanto a usted como al tercero adquirente.

Si tiene problemas para conseguir este consentimiento y es cierto que ella ha cambiado su domicilio, tendrá que instar un procedimiento judicial para dejar sin efecto ese derecho de uso.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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